“Político/a” es lo relativo a la polis, término con que los griegos designaban la “comunidad” más amplia, última, no englobada en otra posterior y superior, resultado y condición de la plena realización humana. Reviste así la polis, estructural y formalmente, notas (autosuficiencia, independencia) que pueden verse en otras formas de sociedades últimas materialmente muy diferentes. En cuando miembro de la ciudad se es polites. La constitución estructural y jurídica de la polis es la politeia.
Sustantivado, el término “política” (“la” política) será el conjunto, orden o esfera de todas las actividades e instituciones, saberes y haceres, que se refieren específicamente de uno u otro modo a la polis. Por “política” se entiende también tradicionalmente un “arte” (forma de saber práctico inmediato o simple actuar prudencial de quien posee dotes especiales, más naturales que adquiridas, para la dirección, gobernación o pastoreo de “hombres” en colectividad). Según otras acepciones, usuales también en referencia a ámbitos ajenos a su sentido más propio, “política” es, en general: conjunto de supuestos, principios, medios, actividades con que se organiza y dirige un grupo humano para la consecución de determinados objetivos (“la política de nuestra empresa”) públicos o privados.
1. El poder
Llamamos política a la estructura general de la autoridad y del poder en una sociedad dada. El poder es la capacidad que poseen individuos o grupos de afectar, según su voluntad, la conducta de otros individuos, grupos o colectividades. Esta capacidad puede limitarse a una mera influencia o descansar sobre una sanción punitiva. El hecho clave es la capacidad real de control y manipulación que poseen unos seres humanos sobre otros. El poder dimana de un fenómeno tan cambiante y vago como la opinión pública, al igual que dimana de entidades tan concretas como pueda ser una dictadura personal. Además de la variedad de sus fuentes, el poder es un fenómeno universal en la sociedad, pues lo encontramos en todos los niveles. El poder tiene la función de guiar estructuras sociales a base de un flujo más o menos coherente de decisiones, las cuales, a su vez, producen o intentan producir un orden deseado por quienes lo detentan. Un flujo de decisiones suele llamarse política, en el sentido a la vez de estrategia y táctica seguidas por grupos de personas en su conducta de ejercicio del poder. No existe grupo que o haya de seguir una política, ni sistema social que de por sí esté tan integrado que no necesite darse o recibir estructuras de poder.
En sociología política el campo de interés se centra sobre aquellas instituciones que son primordialmente de poder público, es decir, las que a pesar de su estructura clasista, económica, racial, religiosa, están erigidas sobre todo para el control político de la colectividad y para la obtención de los fines determinados por quienes detentan el poder o lo influyen.
El poder se ejerce, en primer lugar, a través de un gobierno. El gobierno es un concepto que se usa en tres sentidos diferentes: como acto de gobernar, o sea, de ejercer control sobre los demás; como orden político, en cuyo caso se asemeja mucho a lo que entendemos por política, y como grupo humano que gobierna. Este último sentido es el más corriente en sociología. Un gobierno, para serlo, debe ejercer un control imperativo en un territorio definido y poseer un monopolio del mismo.
Legitimidad es simplemente el hecho de que exista consenso suficiente en la aceptación de una autoridad y de su poder. Esto significa, por lo tanto, que un gobierno legítimo para unos puede ser un gobierno tiránico para otros.
2. El Estado
La mayor parte de los contenidos expresados por la palabra “Estado” (poder, organización, dominio, soberanía, etc.) son muy antiguos. Muchos de estos elementos se encuentran ya presentes en los grandes imperios de la Antigüedad, en los imperios de Egipto, Mesopotamia, Persia… y sin duda alguna en la organización griega y en el Imperio Romano.
Sin embargo, el propio término “Estado” es relativamente reciente, así como diferentes las definiciones que de él dan diferentes autores, y diferentes son las explicaciones sobre su origen; el término Estado surgió a comienzos del siglo XVI y tuvo su origen en el político Maquiavelo, quien, en su obra El príncipe, con esta palabra se refiere a la autoridad o al poder que ejerce un gobernante sobre las personas que habitan en un determinado territorio: “todos los Estados, todas las soberanías, que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres fueron y son repúblicas o principados”. Posteriormente, el uso de este término se hizo común a partir del siglo XIX.
Para la filosofía hegeliana, en el Estado cristaliza el último momento de la evolución del espíritu. El Estado es la manifestación de la eticidad absoluta y, en esta su dimensión moral, es el núcleo sobre el que se articula la plena emancipación humana. El ser humano aparece relacionado con el Estado en su condición más abstracta posible: como ciudadano y, a su vez, el Estado, administrado por una clase sin intereses específicos, esto es, con intereses universales, la burocracia, se convierte en el garante de la emancipación humana.
Para Oppenheim el Estado no es más que el producto histórico de la violencia y del derecho de conquista. El Derecho que el Estado pretende establecer está fundamentado en una injusticia.
Según el marxismo, el Estado no es más que el utensilio de que se valen las clases dominantes para mantener supeditadas a las otras.
Stein Rokkan, por su parte, ha elaborado una teoría del origen del Estado como fenómeno histórico concreto, no desde una perspectiva metafísica o meramente normativa, que pretende dar cuenta de la formación de los Estados nacionales europeos en los comienzos de la Edad Moderna. De acuerdo con Rokkan, los Estados europeos son las organizaciones políticas que han surgido del modo diverso en que las distintas sociedades del continente han resuelto los cuatro cleavages que suponen retos en la evolución social, esto es: a) el cleavage entre el centro y la periferia; b) entre la ciudad y el campo; c) entre la Iglesia y el Estado; d) entre el capital y el trabajo.
Para Max Weber, el Estado se habría desarrollado junto con la modernidad capitalista. La idea del Estado que surge en la Italia de finales del siglo XV coincidiría en el tiempo con la que configura el “espíritu del capitalismo”, y con los primeros escarceos de lo que luego va a constituir la gran revolución de la modernidad, la ciencia físico-natural. La ciencia moderna, con su correspondiente desarrollo tecnológico, el capitalismo, desde el mercantil al industrial, y el Estado desde la Monarquía absoluta al Estado democrático, forman el trípode sobre el que se asienta la modernidad. Para Weber, “Estado es aquella comunidad humana que dentro de un territorio -el territorio es uno de sus caracteres- aspira con éxito al monopolio legítimo de la violencia“. La fuerza física constituye la categoría central en la idea de Estado. Si pudiera existir una sociedad con un grado alto de densidad de población y de complejidad social, que funcionase sin recurrir a la fuerza, no habría surgido el Estado, o podría suprimirse. La violencia, que se origina en la lucha en que consiste la vida social, antecede al Estado; éste pretende tan sólo monopolizarla. El Estado es la pretensión exitosa de monopolizar la violencia legítima. Justamente, el que el Estado, como toda realidad humana, no sea más que aspiración, explica que no haya conseguido monopolizar toda la violencia; la sociedad -dice Weber-sigue rezumando buena cantidad de violencia, criminal, política, social. El estado, para Weber, aspira sólo a monopolizar la violencia legítima, declarando con ello ilegítima la que ejerce cualquier otro agente social. La violencia estatal se define como legítima y, en consecuencia, la social no puede ser más que ilegítima.
El Estado supone la existencia de un poder centralizado capaz de obrar de modo coordinado sobre el conjunto de un territorio sometido a su autoridad. Su característica esencial estriba en la soberanía, es decir, en la capacidad de mandar y de prohibir por iniciativa propia y sin ninguna dependencia. En este sentido, podemos definir el Estado como una asociación(una organización jurídica social) establecida por la sociedad y dotada de personalidad jurídica, que en virtud de su autoridad o poderejerce su soberanía sobre un grupo de seres humanos en los límites de un territorio.
Desde otro punto de vista, el Estado debe encontrarse orientado a regir la vida pública de una sociedad, intentando dirigirla hacia la consecución del bien común.
La aparición del concepto de Estado supone que se lo defina en relación con el concepto de sociedad o, si se quiere, sociedad civil. El Estado, en contrate con la sociedad, se define, en primer lugar, como el soporte neto del poder. Su aparición ha supuesto la confluencia de dos procesos, uno de concentración del poder, que lo erradica de la sociedad y lo condensa en el Estado, y otro de secularización por el que este poder estatal se mantiene al margen de cualquier principio moral o teológico. El poder que caracteriza al Estado es así un poder absoluto.
El contrapunto Estado-Sociedad se observa ya en Maquiavelo y Moro. Maquiavelo centra su mirada en el Estado, desprendido por completo de la sociedad, como poder puro, y se pregunta por las técnicas propias para alcanzarlo y, si se detenta su poder, para conservarlo y ampliarlo. En Maquiavelo encontramos un saber universal sobre el poder, así como una intención política: poner este saber al servicio del surgimiento de un Estado italiano. Tomás Moro, en cambio, se fija en la sociedad y se pregunta por las condiciones que ésta debe ofrecer para que reine la justicia.
El incrédulo Maquiavelo y el creyente Moro coinciden en un mismo punto de partida: los valores cristianos brillan por su ausencia en la sociedad que les ha tocado vivir. De esta misma experiencia, el florentino y el inglés sacan conclusiones opuestas. Si la sociedad nada tiene de cristiana, argumenta Maquiavelo, al margen de sus condicionamientos religiosos, cabe un saber político que se haga cargo del verdadero comportamiento, tanto de los poderosos como de los pueblos sometidos. Existiría una “naturaleza humana” inmutable a la que se puede atribuir determinados comportamientos privados y públicos, más allá de las creencias religiosas de cada época. La religión, en vez de ser el fundamento último de la moral y de la política, se reinterpreta como un mero instrumento político para mantener el orden. Maquiavelo trastrueca el orden de valores: de estar la política supeditada a la religión, pasa a subordinar la religión a la política.
Tomás Moro, partiendo de la misma premisa, la sociedad en la que vive es todo menos cristiana, saca la conclusión inversa: la necesidad urgente de recristianizarla. Para servir a este objetivo resulta útil mostrar qué rasgos concretos tendría una sociedad regida por principios cristianos, es decir, una en la que la comunidad de bienes hiciera posible la fraternidad. En vez de recurrir a la teoría clásica del Estado ideal, fija su atención en la experiencia fabulosa que le depara el descubrimiento de América. Estos pueblos que habitan tierras recién descubiertas, pese a no haber conocido el evangelio, se acercan mucho más al ideal cristiano de fraternidad que la Europa de su tiempo, y ello porque se han constituido según el principio cristiano originario de la comunidad de bienes, comunismo ideal que se concibe consustancial con el espíritu cristiano del amor fraterno.
2.1 Los elementos constitutivos del estado
2.1.1 Territorio
El dominio del Estado aparece definido por un territorio delimitado por sus fronteras. Con frecuencia, esta delimitación obedece a diversos hechos históricos más o menos complejos (guerras, accidentes geográficos, etc.), pero su conocimiento oficial se establece convencionalmente y de forma solemne por medio de tratados.
2.1.2 Pueblo
El pueblo se encuentra constituido por las personas y los grupos sociales que residen en el territorio puesto bajo la jurisdicción del Estado. La relación entre los diversos seres y grupos humanos que forman el Estado suele fundamentarse en una serie de sentimientos comunes que, en general, pueden basarse en ciertos rasgos comunes de tipo histórico, lingüístico, cultural, así como raciales, organizativos, etc.
Aunque estos rasgos poseen un importante significado respecto al surgimiento de los Estados concretos, todos ellos poseen un valor relativo y, en último término, el fundamento esencial de los Estados ha de venir constituido por la voluntad libre de las personas singulares y concretas; por tanto, es necesario rechazar todo sentimiento nacionalista que intente identificar el Estado con determinada raza, tradición, lengua o cultura. En este sentido, los Estados son cada vez más pluralistas y, por consiguiente, los sentimientos nacionales han de ser cada vez más abiertos y tolerantes.
2.1.3 Soberanía
La característica esencial del Estado es la soberanía, la posesión de un poder soberano, es decir, no sometido a ningún otro poder superior. Desde este punto de vista, el Estado es una organización social que tiene por misión garantizar su propia seguridad y la de las personas, grupos y sociedades que se encuentran bajo su jurisdicción, tanto contra los peligros exteriores como contra los interiores
3. El gobierno
El gobierno es un grupo de individuos que comparten una determinada responsabilidad en el ejercicio del poder. Si el gobierno es soberano, ostenta el monopolio del poder coactivo en la comunidad política, representa la autoridad legítima y protege y dirige a la comunidad mediante la adopción y ejecución de decisiones políticas.
El gobierno es una institución al servicio de la comunidad política. Si hubiéramos de asignarle una virtud característica, ésta sería la eficacia. Cuando un gobierno se demuestra ineficaz, pierde su legitimación social y se impone un cambio.
Existen dos grandes teorías sobre la naturaleza del gobierno, que dan lugar a dos paradigmas opuestos sobre la naturaleza misma de la política. Estos dos paradigmas suponen, además, dos concepciones opuestas sobre la naturaleza del hombre y la sociedad.
3.1 La concepción mecanicista
Parte de la idea de que el gobierno es un sistema de eliminar el conflicto social. La sociedad es un agregado de individuos o de grupos de individuos con intereses propios, y eventualmente opuestos a los de otros grupos o individuos. A esta idea de la sociedad subyace la creencia en la racionalidad individual, en la autonomía y en la libertad del hombre como valor supremo.
Concebida así la sociedad y la función del gobierno, estos autores reclaman como principio de legitimidad la equidad, es decir, la capacidad para componer ecuánimemente los intereses en conflicto de los distintos grupos que conviven en la sociedad. El gobierno se ve como un mecanismo o instrumento para evitar los conflictos derivados de la contraposición de intereses. Lo que prima son los intereses de los grupos sociales, éstos son, por así decir, el input del gobierno, el output serán decisiones políticas dotadas de la autoridad necesaria para resolver el conflicto. Esta estructura puede ser representada por el siguiente esquema:
sistema social ®gobierno ® decisiones políticas
En esta concepción, se reduce la función del gobierno a la de un instrumento o mecanismo que articula los intereses presentes en el sistema social que, de este modo, es el elemento clave de la comunidad política
3.2 La concepción organicista
Se basa en la concepción de la comunidad política como el medio para la virtud y la felicidad de cada hombre. El gobierno asume, desde este punto de vista, una función educadora e impulsora del establecimiento de la política ideal. Modernamente, la concepción según la cual el gobierno debe ser un organismo superior, encargado de la dirección de la sociedad, está representada por Marx y Hegel. En concreto, según el concepto marxista, el gobierno debe ser el instrumento del despliegue de la conciencia y, al final del proceso emancipador, desaparecer ya por ser innecesario, al haber transformado la conflictiva sociedad de clases en una comunidad armónica, en la que cada uno reconoce que su bien es el de la comunidad, y de la que el conflicto de intereses está ausente.
El esquema de esta concepción sería:
gobierno ®decisiones políticas ® cambio en el sistema social
3.3 El Gobierno democrático
De acuerdo con el principio clásico de la división de poderes, el Gobierno se identifica con el Poder Ejecutivo, llamado a “ejecutar las leyes en las cuestiones de Derecho público” (mientras que al Poder Judicial se le confiaba ejecutar o aplicar las leyes “en las cuestiones de Derecho Privado”). Este esquema, muy propio del primer liberalismo, descansaba en un entendimiento del Estado como poder público poco intervencionista, de suerte que la función del Gobierno se reducía a la aplicación o ejecución de las leyes emanadas del Parlamento. También descansaba en un entendimiento del Derecho que reducía a éste al estricto ámbito de la ley.
El poder de ordenación política de la comunidad correspondía al Parlamento (representante de la nación) y se ejercitaba mediante la ley (expresión de la voluntad popular); al Gobierno sólo le cabía ejecutar los mandatos parlamentarios. Ejecución que, además, no era controlable por los tribunales.
La conversión del Estado liberal en Estado intervencionista, el nacimiento y expansión de la potestad reglamentaria, la necesidad de atribuir al Gobierno, por delegación parlamentaria, la facultad de emanar normas con fuerza de ley, la democratización del Estado liberal y la consiguiente transformación de los Parlamentos en Parlamentos de grupos y la democracia en democracia de partidos, pero, al mismo tiempo, la completa sumisión de la función ejecutiva y por lo mismo de la Administración pública a controles jurisdiccionales, son, entre otras causa, las que originan una modificación en las funciones y en el status de los Gobiernos, lo que hace que en el siglo XX ya no sea posible identificarlos con el mero Poder Ejecutivo.
Todo ello produce, en nuestro tiempo, un reparto de las funciones políticas entre Parlamento y Gobierno bien distinto al que era propio del pasado siglo. Ahora el Gobierno dirige la política y el Parlamento la controla. Al Gobierno corresponde dirigir no sólo la política de “ejecución” (mediante el instrumento de la Administración), sino también la política de “creación”, esto es, la política legislativa (la que se instrumenta a través de las leyes). La función legislativa del Parlamento (incluida la política presupuestaria) está dirigida por el propio Gobierno a través de la mayoría parlamentaria que le apoya.
Ello quiere decir que la genuina función de las Cámaras, esto es, la que sólo éstas, como poder independiente del Gobierno, pueden realizar, es hoy la función de control. Un control que puede manifestarse, de manera polivalente, a través de todos los procedimientos parlamentarios, tanto los característicos de la propia función de control como los destinados a la función legislativa, a la de designación de personas, etc., etc.
El control parlamentario del Gobierno es una exigencia de la democracia parlamentaria como forma de Estado. La peculiaridad de los sistemas parlamentarios, frente a los presidencialistas, es que sólo en aquellos se precisa de la relación de confianza política entre el Gobierno y la Cámara. Tal relación se articula, en el momento del surgimiento de un nuevo Gobierno, bien a través de una confianza presunta o bien a través de una investidura formalizada y, a lo largo de la vida del Gobierno, mediante la cuestión de confianza (que el Gobierno puede solicitar) o la moción de censura (que la Cámara puede instar).
Característico de la forma parlamentaria de gobierno es la llamada “ejecutivo dual”, es decir, la separación entre la Jefatura del Estado y el Gobierno, ya se trate de una monarquía o de una república. La diferenciación de funciones entre uno y otro órgano es clara: a la Jefatura del Estado le corresponde ostentar la suprema representación del aparato institucional y su poder es más simbólico que efectivo (aunque, en la medida en que es elegido, el Jefe del Estado en las repúblicas parlamentarias conserva algún espacio de poder efectivo mayor que en las monarquías parlamentarias). Es al Gobierno encabezado por un primer ministro (o un presidente del Gobierno), al que corresponde el llamado clásicamente poder ejecutivo y hoy, con más propiedad, poder de gobernar, esto es, el poder de dirección de la política.
En la forma presidencialista de gobierno, por el contrario, no hay diferenciación estructural entre Jefatura del Estado y Gobierno, ambos órganos coinciden y los ministros (o secretarios de Departamento) se configuran como auxiliares del jefe del Estado, al que le está atribuida no sólo la función de la representación suprema del aparato institucional, sino también la función completa de gobernar (esto es, de la dirección política).
Es regla general de los sistemas parlamentarios, no así de los presidencialistas, la atribución de iniciativa legislativa al Gobierno (además de al Parlamento y, en algunos supuestos, a otros entes públicos, generalmente de naturaleza territorial, e incluso a una fracción del cuerpo electoral: iniciativa legislativa popular). La atribución de tal iniciativa al Gobierno tiene el carácter de monopolio cuando se trata de los presupuestos del Estado y de los tratados internacionales.
4. Las formas de la política
4.1 Algunos datos históricos
4.1.1 La democracia ateniense
Desde la caída de la tiranía de Hippias y las reformas constitucionales de Klistenes, a finales del siglo -VI, hasta la conquista de Atenas por los macedonios, a finales del siglo -IV, Atenas vivió dos siglos de democracia, brevemente interrumpida durante la guerra del Peloponeso. Las reformas políticas de Klistenes habían acabado con la preponderancia política de la aristocracia, limitando su influencia al Areópago, especie de tribunal constitucional encargado de velar por la constitucionalidad de las leyes y de vigilar su aplicación por los magistrados. El principal exponente de la democracia ateniense fue Pericles, el cual desde el -461 hasta su muerte en el -429 dominó la política ateniense. Este período representa el punto culminante del Imperio Ateniense, de la democracia ateniense y del esplendor artístico y cultural de Atenas.
Pericles llevó a término las reformas políticas iniciadas por Efialtes. La más importante de ellas consistió en la introducción de las dietas para los ciudadanos que ocuparan cargos públicos o a los que tocase ser magistrados, jurados o miembros de la boule, de tal modo que los pobres no dejasen de participar en la vida política activa por falta de dinero.
“Democracia” significa gobierno del pueblo. Y en Atenas esto se tomaba al pie de la letra. La facultad popular de gobierno no se delegaba en unos representantes elegidos ni se confiaba a una burocracia profesional. Era el pueblo entero el que, directamente, ejercía el poder y gobernaba. Y la principal institución del estado era la asamblea popular, integrada por el pueblo entero. La asamblea no era la representación del pueblo, sino el pueblo mismo. La democracia ateniense era una democracia asamblearia directa. La asamblea era soberana, su poder era total y absoluto, no sometido a ningún tipo de limitación. Cada reunión de la asamblea era un mitin y el que mejor hablaba o más divertía o impresionaba a la audiencia, el que lograba apasionarla o llevársela de calle, dominaba la situación política. Sin embargo, esta democracia era un tanto distinta de lo que hoy entendemos por tal. En efecto, de los quinientos mil habitantes que llegó a tener Atenas en el siglo -V, aproximadamente trescientos mil eran esclavos, que no poseían ningún derecho, y cincuenta mil metecos, extranjeros, que carecían de derechos civiles. Si del resto no tenemos en cuenta a las mujeres, que no eran consideradas como ciudadanos, ni a los niños, que tampoco lo eran de hecho, resulta que el número de “auténticos ciudadanos” era de cincuenta mil, es decir, sólo de alrededor de un diez por ciento de la población.
Por otra parte, y aunque la palabra democracia parezca indicar lo contrario, siguió siendo la nobleza, o por lo menos su espíritu, la que gobernó Atenas durante este siglo:
Atenas era gobernada en nombre de los ciudadanos, pero por el espíritu de la nobleza. Las victorias y las conquistas políticas de la democracia fueron logradas en su mayor parte por hombres de origen aristocrático: Milcíades, Temístocles, Pericles, son hijos de familias de la vieja nobleza. Sólo en el último cuarto de siglo logran los miembros de la clase media intervenir verdaderamente en la dirección de los asuntos públicos; mas la aristocracia sigue conservando aún el predominio en el Estado. Desde luego, tiene que enmascarar su predominio y hacer concesiones a la burguesía, aunque éstas, por lo general, sólo sean de forma […] En lugar de la aristocracia de nacimiento, aparece una aristocracia del dinero, y el Estado nobiliario, organizado según el criterio de estirpes es sustituido por un Estado plutocrático fundamentado sobre las rentas (Hauser, A., Historia social de la literatura y el arte)
¿Cómo fue posible el nacimiento de la democracia? El démos(el pueblo) constituía esa capa “popular” de la sociedad griega que rodeaba el palacio del señor (anax) y al que servía, cosechando su trigo o fabricándole utensilios. Pero hay un momento en que el señor tiene que servirse del pueblo para la guerra. Ante la amenaza persa ya no vale el enfrentamiento “individual” o el combate de los héroes que narran los versos de la Ilíada. Contra el poderío del ejército persa, los griegos tienen que agruparse y el démos es la fuerza fundamental de esta unión. Ello implica una cierta independencia frente a los mandatos del poder “aristocrático”, que antes lo condicionaban, y una reivindicación de dos instrumentos esenciales de las nuevas formas de cohesión social: la isonomía(igualdad ante la ley) y, sobre todo, la isegoría (igualdad ante la palabra, o derecho a la palabra, al uso público de la palabra.
La palabra “democracia” designa, en principio, el gobierno del pueblo. Pero, al oponerla continuamente los políticos a los términos “tiranía” (o monarquía) y “oligarquía”, fue definida en Grecia más en relación a éstos que a sí misma. Los demócratas se refieren, en primer término, a la igualdad política. Un Estado democrático es aquel donde la ley es la misma para todos (isonomía) y donde es igual también la participación en los negocios públicos (isegoría) y en el poder (isocratia).
La democracia es, en Grecia, gobierno del pueblo. La soberanía reside por partes iguales en el conjunto del cuerpo cívico, y cada cual está obligado a ejercitar esa soberanía. Ser ciudadano es ya una función. El ideal de la época de Pericles consiste en ser un hombre comprometido ante todo en los negocios de la Ciudad, bien para mandar, bien para obedecer.
Pues somos los únicos que consideramos no hombre pacífico, sino inútil, al que nada participa en ella (la cosa pública) (Oración fúnebre)
Esta soberanía no tiene límites: la asamblea del pueblo, y sólo ella, es omnipotente; el poder judicial está en sus manos; ningún cuerpo intermedio equilibra su poder.
Otra característica de la democracia griega es la libertad. La libertad es lo que distingue a un griego de un bárbaro. Para un griego ser libre es no ser esclavo, de quien quiera que sea o de la forma que sea. La libertad es un estatuto de doble aspecto: por una parte, independencia respecto a toda sujeción personal; por otra, obediencia a las disposiciones generales. La Ciudad, al constituirse, ejerció una acción liberadora, libertando al ciudadano de la sujeción a personas, grupos o derechos particulares en que se encontraba. Paralelamente, sin embargo, le exigió que le transfiriera el conjunto de sus anteriores renuncias. La noción griega de libertad tiene esta ambivalencia: libertad mediante la ley, pero sujeción a la ley. La definición de libertad en la Grecia democrática fue enunciada por Pericles así: «o tomando mal al prójimo que obre según su gusto».
4.1.2 Platón: la lucha contra la democracia
Platón fue, entre otras cosas, un enemigo radical de la democracia. La democracia, según él, es el reino de los sofistas, que, en lugar de ilustrar al pueblo, se contentan con estudiar su comportamiento y con erigir en valores morales sus apetitos:
Que cada uno de los particulares asalariados a los que esos llaman sofistas […] no enseña otra cosa sino los mismos principios que el vulgo expresa en sus reuniones, y esto es a lo que llaman ciencia. Es lo mismo que si el guardián de una criatura grande y poderosa se aprendiera bien sus instintos y humores y supiera por dónde hay que acercársele y por dónde tocarlo y cuándo está más fiero o más manso, y por qué causas y en qué ocasiones suele emitir tal o cual voz y cuáles son, en cambio, las que le apaciguan o irritan cuando las oye a otro; y, una vez enterado de todo ello por la experiencia de una larga familiaridad, considerase esto como una ciencia, y, habiendo compuesto una especie de sistema, se dedicara a la enseñanza ignorando qué hay realmente en esas tendencias y apetitos de hermoso o de feo, de bueno o de malo, de justo o de injusto, y emplease todos estos términos con arreglo al criterio de la gran bestia, llamando bueno a aquello con que ella goza, y malo lo que a ella molesta (República, VI, 493 a-c)
La política de estos demagogos no es más que el registro, el reflejo de las pasiones de la masa.
El objetivo de Platón es constituir en ciencia la moral y la política, las cuales coinciden en su motor común: el Bien, que no es diferente de la Verdad; también pretende sustraer la política al empirismo para vincularla a valores eternos que las fluctuaciones del devenir no perturben. El objetivo de Platón es salvar a la política del relativismo. La ciencia política debe volver a encontrar las leyes ideales. Por consiguiente, forma unidad con la filosofía; la política no será ciencia más que cuando los reyes sean filósofos.
Se trata de definir las condiciones en que un régimen es perfecto e indestructible. De esta forma, el problema central de la Repúblicaes la Justicia, individual o colectiva. La política se mide en relación con la idea de Justicia, que no es sino la Verdad o el Bien aplicados al comportamiento social.
Para el resto de Platón, ver el tema correspondiente.
4.1.3 Aristóteles: la democracia moderada
Para Aristóteles, el hombre es un animal político; se distingue de los demás por su pertenencia a una pólis. Ésta, fruto de la civilización, es el término de un desarrollo de las asociaciones humanas cuyos estadios han sido: la familia, la tribu, la aldea, la ciudad. La Ciudad es, según él, la Constitución. La Constitución crea el Estado, hasta el punto de que, si la Constitución cambia, cabe preguntar si se trata del mismo Estado.
Aristóteles es el defensor de la Ciudad a doble título. En primer lugar, la defiende en el plano filosófico como una forma natural de la vida humana, frente a los pensadores cínicos del siglo IV, que veían en la vida política un obstáculo para la “vida natural”. En segundo lugar, aunque sabe que es sólo un modo, entre otro, de vida social, tiende a subrayar el valor particular de este sistema político; más aún: precisa las dimensiones de la Ciudad ideal, que no debe ser demasiado vasta.
Aristóteles distingue tres tipos de constituciones, según el número de gobernantes -monárquica, aristocrática y timocrática (democracia censitaria)-, teniendo cada una de ellas una forma corrompida: tiránica, oligárquica y democrática. En las buenas constituciones el gobierno se ejerce en beneficio de los gobernados; en las malas, en beneficio de los gobernantes.
Aristóteles desea hacer prevalecer una constitución basada en la “clase media”, pues esta es la clase que asegura la estabilidad del Estado, permanece fiel a las leyes y desconfía de los arrebatos pasionales. No trabaja en su solo interés, sino en el de todos los gobernados. Por consiguiente, es la clase predispuesta por excelencia para administrar los negocios públicos.
Su constitución intenta armonizar el principio democrático y el principio aristocrático. Aristóteles cree en el valor de la mayoría:
Pues los muchos, cada uno de los cuales es en sí un hombre mediocre, pueden sin embargo, reunirse, ser mejores que aquellos; no individualmente, sino en conjunto; igual que, por ejemplo, los banquetes colectivos son mejores que los costeados a expensas de uno solo (Política, 1281)
Pero reserva las funciones para la virtud, defendiendo la doctrina de la igualdad proporcional al mérito frente a la igualdad aritmética.
4.1.4 S. Agustín: la ciudad de Dios
La teología política de San Agustín descansa fundamentalmente sobre la distinción entre las dos ciudades en las que se divide la humanidad:
Así que, dos amores fundaron dos ciudades, es a saber: la terrena el amor propio hasta llegar a menospreciar a Dios, y la celestial el amor por Dios hasta llegar al desprecio de sí propio (La ciudad de Dios, XIV, 28)
No se trata ya un reino de Dios que suceda a la vida terrena. Las dos ciudades han existido siempre, una al lado de otra, desde el origen de los tiempos. Una fue fundada por Caín y la otra por Abel. Una es la ciudad terrena, con sus poderes políticos, su moral, su historia y sus exigencias; la otra, la ciudad celestial, que antes del advenimiento de Cristo estaba simbolizada por Jerusalén, es ahora la comunidad de los cristianos que participan en el ideal divino. La ciudad de Dios se halla en la tierra en peregrinaje o en exilio, como los judíos estaban en Babilonia; las dos ciudades permanecerán una junto a otra, hasta el fin de los tiempos, pero después únicamente subsistirá la ciudad celestial para participar en la eternidad de los santos.
Sólo Dios puede reconocer la ciudad a la que cada cual puede pertenecer en realidad, ya que la mirada del hombre no basta para discernirlo.
4.1.5 La síntesis escolástica: Santo Tomás
En Tomás ocupa un importante lugar la noción de un Estado orientado hacia la realización del bien común. Si bien tanto el poder espiritual como el poder secular provienen del poder divino, éste sólo está sometido a aquél
En la medida en que Dios lo ha sometido, es decir, para lo que se relaciona con la salvación del alma; y esto porque en estas materias hay que obedecer antes al poder espiritual que al poder secular. Pero en las materias que se relacionan con el bien de la Ciudad hay que obedecer antes al poder secular que al poder espiritual, según la frase de San Mateo: Dad al César lo que es del César […] A menos, sin embargo, que el poder secular no se encuentre aliado con el poder espiritual, como en el Papa, que ocupa la cumbre de uno y otro poder, es decir, del secular y del espiritual, como lo dispuso quien es sacerdote y rey: sacerdote para la eternidad, según la orden de Melquisedec, rey de los reyes y señor de los señores, a quien su poder no será quitado y cuyo reino no será destruido en los siglos de los siglos. Amén (De regimine principum)
Tomás distingue tres tipos de leyes: la lex aeterna, la lex naturalis y la lex humana. Y por encima de éstas coloca lalex divina, la ley revelada por Dios. La lex aeterna es el plan racional de Dios, el orden de todo el universo a través del cual la sabiduría divina dirige todas las cosas hacia su fin. Es el plan de la Providencia, que únicamente conocen Dios y los bienaventurados. Sin embargo, el hombre como naturaleza racional es partícipe de una parte de esta ley eterna. Tal participatio legis aeternae in rationali creatura se llama ley natural. Los hombres, en la medida en que son seres racionales, conocen la ley natural, cuyo núcleo esencial reside en la norma que prescribe “hay que hacer el bien y evitar el mal”.
La lex humana consiste en la ley jurídica, el derecho positivo, la ley puesta por el hombre. Y los hombres, que son sociables por naturaleza, promulgan leyes jurídicas para persuadir a los individuos de que cometan el mal. La ley humana es el orden promulgado por la colectividad o por quien se halla a cargo de la comunidad con vistas al bien común.
La ley humana procede de la ley natural de dos maneras distintas: por deducción, o bien por especificación de normas más generales. En el primer caso, está el derecho de gentes, y en el segundo, el derecho civil. Del derecho de gentes forma parte la prohibición del homicidio, pero el tipo de pena que hay que imponer al homicida forma parte del derecho civil, consiste en una aplicación histórica y social de una ley natural especificada y fijada a través del derecho de gentes. Al derivarse lógicamente de la ley natural, los preceptos del derecho de gentes pueden ser conocidos sin necesidad de efectuar una investigación histórica sobre los diversos tipos de sociedad, cosa que no se aplica a los preceptos del derecho civil. Si los preceptos de la ley humana o positiva se derivan de la ley natural, son conocidos por la razón y están presentes en el conocimiento.
Si para la ley humana es esencial su derivación de la ley natural, entonces se hace evidente que, siempre que la ley humana contradiga a la ley natural, deja de existir como ley. Ésta es la razón por la que la ley debe ser justa. Si una ley positiva estuviese en desacuerdo con la ley natural, entonces “ya no sería una ley, sino una corrupción de la ley”. La ley debe ser justa. La justicia es la disposición del ánimo en la cual, con constante y perpetua voluntad, se atribuye a cada uno su derecho. La justicia se divide en conmutativa (la que se da en los intercambios entre dos personas) y distributiva (la que hace que, en la comunidad, se distribuya de una manera proporcional a los individuos aquello que les es común a todos).
4.1.6 Marsilio de Padua y Guillermo de Ockham
Para Marsilio de Padua «la ley es la expresión de la justicia y del bien que conviene a la vida de la Ciudad». Si la ley sólo rige por la sanción que necesariamente le acompaña, «el legislador sólo puede ser el pueblo, es decir, la universalidad de los ciudadanos o la mayoría de éstos que expresan su decisión o su voluntad en el seno de la asamblea general de los ciudadanos».
La organización contemporánea de la Iglesia no es de institución divina: es el resultado de un cercenamiento abusivo de las prerrogativas de los fieles, de los laicos, que constituyen la Iglesia, esposa de cristo, con igual derecho que los clérigos:
Todos los fieles de Cristo son la Iglesia, tanto los sacerdotes como los laicos, ya que a todos redimió Cristo con su sangre […] Cristo no derramó su sangre tan sólo por los apóstoles […] Y, en consecuencia, cuando se habla de la esposa de Cristo, no nos referimos únicamente a sus sucesores: ministros, obispos, sacerdotes o diáconos (Defensor pacis)
No hay poder espiritual fuera de los laicos. En consecuencia, no se trata ya de que la autoridad deba ser ejercida por los fieles, sino de que toda autoridad es imposible sin la Iglesia. La autoridad es patrimonio exclusivo del Estado, pues sólo él puede disponer de la sanción. Por consiguiente, no hay motivo para distinguir lo espiritual de lo temporal: no existe sociedad específicamente espiritual. El Estado debe proveer a las necesidades espirituales de sus miembros. Esta negación de la Iglesia lleva consigo la universalidad total del Estado. «En todo lugar dentro del territorio sometido a su jurisdicción donde encuentra materia para ejercitarse, el poder del príncipe no debe sufrir el menor obstáculo».
Ockham, por su parte, no se propone disolver la Iglesia en el Estado, sino disociar dos campos y reformar la Iglesia. Trata de delimitar las zonas de acción jurídica de ambas sociedades. Evidentemente, sólo puede hacerlo oponiéndose a las usurpaciones del Papa:
La autoridad del Papa no se extiende, según la norma, a los derechos y libertades de los demás -sobre todo a los de los emperadores, reyes, príncipes y demás laicos- para suprimirlos o perturbarlos, ya que los derechos y libertades de este género pertenecen al número de cosas del siglo, no teniendo el Papa autoridad sobre ellas […] Por esta razón, el Papa no puede privar a nadie de un derecho que no proviene de él, sino de Dios, de la naturaleza o de otro hombre; no puede privar a los hombres de las libertades que les han sido concedidas por Dios o por la naturaleza (Dialogus)
¿Cuáles son los poderes del Papa? El Papa recibiría de Cristo, en lo espiritual y en lo temporal, un poder moderado, suficiente para permitirle gobernar sabiamente la comunidad de los fieles, pero lo bastante restringido como para evitar el peligro de la tiranía, respetuoso con la libertad que el derecho natural, el derecho de gentes y las leyes civiles conceden a los cristianos. De esta forma, el Papa tiene toda la autoridad sobre las instituciones que encuentran su fundamento en el Evangelio: administración de los sacramentos, ordenación de los sacerdotes, formación del clero, etc. Pero no le corresponde imponer la obediencia de todo aquello que la ley evangélica no prescribe, contentándose con aconsejarlo; si de todas formas lo hiciera, fuera del caso de necesidad, su orden quedaría sin efecto y no habría que tomar en cuenta las censuras que la reforzarían. Cristo no le confirió tales poderes, cuyo uso acarrearía fácilmente graves perjuicios para la comunidad.
4.1.7 Maquiavelo
La política, en el moderno sentido de la palabra, se inicia con Maquiavelo; en él, la investigación política tiende a separarse del pensamiento especulativo, religioso y ético, asumiendo como canon metodológico el principio de la especificidad de su objeto propio, que hay que estudiar, autónomamente, sin verse condicionado por los principios aplicables a otros ámbitos. La posición de Maquiavelo puede resumirse mediante la fórmula “la política por la política”.
Maquiavelo es, en política, un pensador realista; es preciso atenerse a la verdad efectiva de la cosa y no perderse en investigar cómo debería ser la cosa.
Muchos se han imaginado repúblicas y principados que jamás se han visto ni se han conocido en la realidad; porque hay tanta separación entre cómo se vive y cómo se debería vivir, que aquel que abandona aquello que se hace por aquello que se debería hacer, aprende antes su ruina que no su conservación: un hombre que quiera hacer profesión de bueno en todas partes es preciso que se arruine entre tantos que no son buenos. Por lo cual, se hace necesario que un príncipe, si se quiere mantener, aprenda a poder no ser bueno, y a utilizarlo o no según sus necesidades (El príncipe)
El soberano puede hallarse en condiciones de tener que aplicar métodos extremadamente crueles e inhumanos; cuando a los males extremos es necesario aplicar remedos extremos, debe adoptar tales remedios y evitar en todos los casos el camino intermedio, que es la vía del compromiso que no sirve para nada, ya que únicamente y siempre causa un perjuicio extremo.
Todo el que se convierta en un príncipe de una ciudad o de un Estado, y tanto más cuando sus fundamentos sean débiles, y no se quiera conceder una vida civil en forma de reino o de república, el mejor método que tiene para conservar ese principado consiste en, siendo él un nuevo príncipe, hacer nuevas todas las cosas de dicho Estado; por ejemplo, en las ciudades colocar nuevos gobiernos con nuevos nombres, con nuevas atribuciones, con nuevos hombres; convertir a los ricos en pobres, y a los pobres en ricos […] edificar nuevas ciudades, deshacer las que ya están construidas, cambiar a los habitantes de un lugar trasladándolos a otro; en suma, no dejar cosa intacta en aquella provincia, y que no haya quien detente un grado, o un privilegio, o un nivel o una riqueza, que no los reconozca como algo procedente de ti […] Estos modos de actuar son muy crueles y opuestos a toda vida no sólo cristiana, sino también humana; un hombre debe huir de ellos y preferir la vida privada, antes que ser rey con tanta ruina de los demás hombres. No obstante, aquel que no se decida por el primer camino, el del bien, cuando se quiera mantener es preciso que entre por este otro, el del mal. Los hombres, empero, toman ciertos caminos intermedios que son muy dañosos; porque no resultan ni del todo malos ni del todo buenos (Discursos sobre la primera década de Tito Livio)
El objetivo primero del príncipe es mantenerse y, con él, mantener el Estado; para ello debe, entre otras cosas, manejar a la opinión pública, la cual es manejable, sensible y fácil de engañar. Por tanto, la hipocresía se convierte para el príncipe en un deber. Si logra conservar su vida y su Estado, “todos los medios que haya aplicado serán juzgados honorables”. La misma regla se aplica a sus relaciones con el extranjero.
Según Maquiavelo el hombre no es por sí mismo ni bueno ni malo, pero en la práctica tiende a ser malo. Por consiguiente, el político no puede tener confianza en los aspectos positivos del hombre, sino que, por lo contrario, debe tener en cuenta sus aspectos negativos y proceder en consecuencia. Por lo tanto no vacilará en mostrarse temible y en tomar las oportunas medidas para convertirse en temido.
4.1.8 Jean Bodin y la soberanía absoluta del Estado
Para que exista el Estado, es necesario que haya una soberanía fuerte, que mantenga unidos a los diversos miembros de la sociedad, ligándolos entre sí como si fuesen un cuerpo. Esta soberanía sólida se consigue instaurando la justicia y apelando a la razón y a las leyes naturales.
Se entiende por “Estado” el gobierno justo, que se ejerce con un poder soberano sobre diversas familias, y en todo aquello que éstas tienen de común entre sí […] Al igual que la nave no es más que un madero informe, si le quitan el armazón que sostiene sus lados, la proa, la popa y el timón, del mismo modo el Estado deja de ser tal si no tiene aquel poder soberano que conserva unidos todos sus miembros y sus partes, que convierte en un solo cuerpo a todas las familias y a todas las operaciones. Para continuar con la semejanza, al igual que pueden mutilarse diversas partes de una nave o puede ser quemada del todo, también un pueblo puede verse dispersado por diferentes lugares y ser totalmente destruido, aunque permanezca intacta su sede territorial. En efecto, no es ésta, ni tampoco la población, las que forman el Estado, sino la unión de un pueblo bajo un solo señorío soberano […] En conclusión, la soberanía es el verdadero fundamento, el quicio en el que se apoya toda la estructura del Estado y del cual dependen todas las magistraturas, las leyes y las ordenanzas; ella es el único lazo y el único vínculo que convierte a familias, cuerpos, gremios e individuos en un solo cuerpo perfecto, que es precisamente el Estado (Seis libros sobre la República)
Bodin entiende por “soberanía” el poder absoluto y perpetuo que es propio de todos los tipos de Estado. Esta soberanía se manifiesta al imponer leyes a sus súbditos, sin que éstos presten su consentimiento. Los límites de este absolutismo son: las normas éticas (la justicia), las leyes de la naturaleza y las leyes divinas; estas limitaciones constituyen su fuerza. La soberanía que no respetase estas leyes no sería una soberanía, sino una tiranía.
4.1.9 Hobbes: el Estado absolutista
La teoría de Hobbes parte de dos supuestos fundamentales: 1) aunque todos los bienes sean relativos, existe entre ellos un bien primero y originario, que es la vida y su conservación (por lo tanto, hay asimismo un primer mal, la muerte); 2) no hay una justicia y una injusticia naturales, puesto que no hay “valores” absolutos: éstos no son otra cosa que el fruto de convenciones establecidas por nosotros mismos, cognoscibles de manera perfecta y a priori, junto con todo lo que surge de ellas. Egoísmo y convencionalismo son, por lo tanto, los dos quicios de la ciencia política que, según Hobbes, podrá desplegarse en cuanto sistema deductivo perfecto, al igual que el de la geometría euclidiana.
En la teoría de Hobbes hay una inversión radical de la postura aristotélica clásica. Para Aristóteles el hombre es un animal político, constituido de un modo tal que por su misma naturaleza está hecho para vivir junto con los demás en una sociedad políticamente estructurada. Además, Aristóteles asimilaba el hecho de que el hombre fuese animal político con el estado propio de otros animales también, por ejemplos las abejas y las hormigas, que al desear (y huir de) cosas semejantes y dirigiendo sus acciones hacia fines compartidos, forman agregados de forma espontánea. Para Hobbes, por el contrario, cada hombre es distinto de los demás y, en consecuencia, está separado de ellos (es un átomo de egoísmo). Por lo tanto, cada hombre no se halla en absoluto ligado con los demás hombres por un consenso espontáneo como el de los animales, que se basa en un apetito natural. En efecto:
- entre los hombres hay motivos de disputas, envidias, odios, sediciones, que no existen entre los animales;
- el bien de los animales individuales que viven en sociedad no difiere del bien común, mientras que en el hombre el bien privado se distingue del bien público;
- los animales no encuentran defectos en sus sociedades, mientras que el ser humano sí cae en la cuenta de ellos y quiere introducir continuas novedades, que constituyen causas de discordias y de guerras;
- los animales no poseen el don de la palabra, que con frecuencia en el hombre es un “clarín de guerra y de sedición”;
- los animales no se acusan entre sí, cosa que sí hacen los hombres,
- en los animales existe un consenso natural, mientras que en los hombres no es así.
El Estado, pues, no es algo natural, sino artificial. Los hombres se hallan en una condición de guerra de todos contra todos. Cada uno tiende a apropiarse de todo lo que le sirve para su propia supervivencia y conservación. Como todos tienen derecho sobre todo y la naturaleza no ha colocado ningún límite, de aquí surge el inevitable predominio de unos sobre otros.
Ciertamente, se afirma con verdad que el hombre es un dios para el hombre y que el hombre es un lobo para el hombre. Aquello, si comparamos entre sí a los conciudadanos, esto, si comparamos entre sí a los Estados. En el primer caso, llega a asemejarse a Dios por la justicia y la caridad, las virtudes de la paz. En el segundo, debido a la perversidad de los malvados, también los buenos han de recurrir -si quieren defenderse- a la fuerza y al engaño, las virtudes de la guerra, esto es, a la ferocidad de las bestias salvajes. Y aunque los hombres se reprochen mutuamente tal ferocidad, porque debido a una costumbre innata consideran que las propias acciones, en los demás, se hallan reflejadas como en un espejo, cambiando la izquierda por la derecha y la derecha por la izquierda; sin embargo, no puede ser un vicio aquello que constituye un derecho natural, derivado de la necesidad de la propia conservación
En estas circunstancias, el hombre se arriesga a perder el bien primario, la vida, al hallarse expuesto en todo momento al peligro de una muerte violenta. Además, tampoco puede dedicarse a ninguna actividad industrial ni comercial, ya que sus frutos resultarían siempre inseguros. No puede cultivar las artes ni dedicarse a ninguna otra actividad placentera. En suma: cada hombre permanece solitario, en su miedo a perder de manera violenta su vida, en cualquier momento. El hombre puede superar tal situación gracias a dos elementos básicos: a) determinados instintos (el deseo de evitar la guerra continua, para salvar la vida, y la necesidad de procurarse lo necesario para la subsistencia) y b) la razón. Nacen así las leyes de la naturaleza:
Una ley de la naturaleza es un precepto o una regla general descubierta por la razón, que prohíbe al hombre hacer aquello que resulte lesivo para su vida o que le quite los medios para preservarla, y omitir aquello que le sirva para conservarla mejor
De estas tres leyes, de las que Hobbes enumera diecinueve, destacan tres:
- La que ordena esforzarse por buscar la paz: «Constituye un precepto o regla general el que todos los hombres deben esforzarse por la paz, siempre que haya esperanza de obtenerla, y cuando no se la pueda obtener, busque todas las ayudas y ventajas de la guerra. La primera parte de esta regla contiene la primera y fundamental ley de la naturaleza, que es buscar la paz y conseguirla. La segunda, la culminación del derecho de naturaleza, que es defenderse con todos los medios posibles».
- La que impone renunciar al derecho sobre todo, a aquel derecho que se posee en el estado de naturaleza y que es el que desencadena todos los enfrentamientos. Se trata de «que un hombre está dispuesto -siempre que los otros también lo estén, en lo que considere necesario para su propia paz y defensa- a abdicar de este derecho a todas las cosas; y que se contente con poseer tanta libertad en contra de los demás hombres, como la que él les concedería a los otros hombres en contra de él».
- La tercera ley manda «que se cumplan los pactos establecidos». De aquí nace la justicia y la injusticia.
Ahora bien, los pactos, sin la espada que imponga que se respeten, no sirven para lograr el objetivo deseado. Por consiguiente, según Hobbes, es preciso que todos los hombres encarguen a un único hombre (o a una asamblea) su representación.
El pacto social no lo establecen los súbditos con su soberano, sino los súbditos entre sí. El soberano permanece fuera del pacto, es el único depositario de las renuncias a los derechos que poseían antes los súbditos y, por lo tanto, el único que conserva todos los derechos originarios. Si también el soberano entrase en el pacto, no podrían eliminarse las guerras civiles, ya que muy pronto aparecerían diferentes enfrentamientos en la gestión del poder. El poder del soberano (o de la asamblea) es indivisible y absoluto. Puesto que el soberano no entra en el juego de los pactos, una vez que ha recibido en sus manos todos los derechos de los ciudadanos, los detenta de manera irrevocable.
4.1.10 Filosofía y política en Kant
La universalidad de la moral lleva consigo la igualdad de todos los individuos en tanto que sujetos morales. La autonomía de cada uno de éstos implica su dignidad. Dignos en cuanto personas racionales, estos sujetos merecen la libertad política. El mundo moral está dominado por el reino de los fines. En consecuencia, este mundo sólo puede ser regido por un estado de derecho, en el que la política debe encontrarse en una absoluta subordinación respecto a la moral, cuyo carácter es absoluto y rígido.
Kant define derecho como «el conjunto de condiciones por las que el libre arbitrio de uno puede concordarse con el de los demás según una ley general de libertad». Los derechos del hombre son: 1) la libertad como hombre; 2) la igualdad como sujeto ante una misma ley moral; 3) el derecho a ser ciudadano, es decir, el derecho de todos los que no se encuentran en un estatuto de dependencia a disfrutar de un estado de igual fraternidad ante una ley común.
La defensa y el respeto por estos derechos inalienables son el fundamento de todo orden político legítimo. El fin de toda política es esta defensa, y no la felicidad y la satisfacción de los ciudadanos. La única forma política que responde a este fin es la forma republicana, que implica, como únicos mecanismos concretos, el sistema representativo y la separación de poderes.
4.1.11 Hegel
La equivocación de Kant y de los filósofos liberales es, a juicio de Hegel, haber considerado la libre voluntad del sujeto pensante sólo in abstracto. Para Hegel, esa voluntad libre en sí, es lo arbitrario. La voluntad libre sólo puede satisfacerse comprendiendo que no es una pura negatividad; que busca y ha buscado siempre la libertad en una organización racional y universal de la misma. Por consiguiente, la política es la ciencia de la realización histórica de la libertad en sus encarnaciones sucesivas y progresivas, a través de mediaciones concretas. El hombre que quiere actuar en el mundo no puede basarse exclusivamente en la convicción espontánea de su conciencia moral individual. Por una parte, ha de someterse a las leyes del mundo objetivo que existe fuera de él; por otra, en tanto que ser racional, está llamado a sobrepasar su particularidad para acceder a la consideración de lo universal.
La “libertad concreta” postula la conciliación de dos tendencias de las personas individuales: 1) la persona individual, inmersa en sus intereses particulares, encuentra o desea encontrar su desarrollo total en las esferas “privadas” constituidas por la familia y por la sociedad civil; 2) pero esta misma persona individual reconoce, gracias a su razón, que debe sobrepasar su particularidad y que no puede realizarla finalmente más que en el interés universal. De la tensión entre estas dos exigencias dimana 3) que lo universal no podría tener valor y no podría ser realizado sin que lo individual reciba también satisfacción; 4) que lo universal no podría ser alcanzado por la simple yuxtaposición y coexistencia de voluntades subjetivas y de intereses particulares. El instrumento de la conciliación entre lo particular y lo universal es el Estado.
La antinomia entre la libertad interior del sujeto y el orden objetivo de la comunidad organizada no existía en la “bella vida pública” de la antigüedad griega. El individuo no había adquirido aún su libertad interior y no se pensaba a sí mismo como absoluto. La conciliación de lo “privado” y de lo “público” era inmediata; el individuo no tenía más que una voluntad general.
El mundo moderno ya nunca será así. Como consecuencia del cristianismo, la religión no es ya la religión de un pueblo particular, sino la religión del espíritu universal; la riqueza de las ciudades ha dado cuerpo a una sociedad civil que separa fuertemente al individuo de la comunidad. En adelante existe una oposición entre el individuo y la colectividad organizada, que se muestra al individuo como poder exterior y fuerza constrictora.
Pero esta oposición es un momento que debe ser superado mediante un artificio o “astucia”. El Estado moderno es quien pone en práctica esa astucia. El Estado usa de esa astucia en la medida en que se sirve de la libertad “privada” dejada a los hombres, para conducirles a reconocer el carácter superior de su poder y el carácter razonable de su ley. El Estado es, pues, esa mediación que transforma la “cultura” del vulgus(simple agregado de personas privadas) para conducirlo a pensarse como populus, es decir, como una verdadera comunidad libre de hombres que han comprendido que el Estado, manteniéndose por encima de los intereses privados, encarna ese universal al cual ellos mismos se han elevado.
Por consiguiente, sólo existe libertad en el Estado si: 1) el ciudadano razonable puede encontrar ahí la satisfacción de los deseos y de los intereses razonables que, en tanto que ser pensante, puede justificar ante sí mismo; 2) las leyes del Estado pueden ser reconocidas como justas por quienes han renunciado a vivir según su instinto natural inmediato y han comprendido que el hombre natural no es realmente libre, y que sólo el ser razonable y universal puede serlo.
La constitución del Estado que es una organización racional de la libertad se ordena de tal forma que en ella se encuentra tres poderes: los Estados, que detentan el poder legislativo; los funcionarios, que ejercen el poder administrativo; el príncipe, que tiene el poder de poner fin a las deliberaciones, decidiendo.
4.1.12 Alexis de Tocqueville
Toda la obra de Tocqueville es una meditación sobre la libertad, «una libertad moderada, regular, contenida por las creencias, las costumbres y las leyes». ¿Cómo proteger esta libertad? Tocqueville no cree en los cuerpos intermedios. En cuanto a la organización de los poderes, es partidario de un sistema bicameral y se muestra hostil al sistema presidencial, pero su confianza en las instituciones políticas para garantizar la libertad es una confianza limitada.
Tocqueville preconiza tres remedios contra el individualismo, «destructor de las sociedades»:
1. La descentralización administrativa, las libertades locales y provinciales. «El espíritu comunal es un gran elemento de orden y de tranquilidad pública».
2. La creación de asociaciones de todo tipo que ayuden a formar un sustituto de la aristocracia: «No se puede fundar en el mundo de nuevo una aristocracia, pero nada impide constituirla mediante asociaciones de simples ciudadanos, de seres muy opulentos, muy influyentes, muy fuertes; en una palabra, de personas aristocráticas».
3. Por último, y sobre todo, las cualidades morales, el sentido de las responsabilidades, la pasión por el bien público.
4.1.13 El marxismo
Ver tema de Marx
4.1.14 El marxismo-leninismo
Ver tema de Marx
4.1.15 El fascismo
El fascismo propugna la exaltación del Estado, instrumento de los fuertes y garantía de los débiles. El Estado es todo, es omnipotente. Los individuos están totalmente subordinados al Estado: todo para el Estado, todo por el Estado, nada contra el Estado.
El Estado es un todo, un bloque. El Estado totalitario no tolera la separación de poderes. Totalitarismo político: es aniquilada toda oposición. Totalitarismo intelectual: verdad de Estado, propaganda, movilización de la juventud. Dentro del Estado no existe más que el Estado. De ahí deriva la fórmula de Mussolini: «Todo en el Estado, nada fuera del Estado».
Fascismo y nacionalsocialismo subordinan la economía a la política y afirman la primacía de lo político. «El Estado -según Hitler- es un organismo racial y no una organización económica». «La economía es un asunto secundario; la historia del mundo nos enseña que ningún pueblo ha llegado a ser grande por su economía».
Para Mussolini el Estado es «la conciencia misma y la voluntad del pueblo», «la verdadera realidad del individuo». Mussolini habla del Estado como de un ser viviente, como de un organismo; sin embargo, el Estado no es sólo un cuerpo: «es un hecho espiritual y moral», «la conciencia inmanente de la nación», «tiene una voluntad, y, por esta razón, se le denomina Estado ético».
Para Mussolini el Estado es una realidad anterior y superior a la nación. El Estado es quien crea la nación, quien le permite florecer. «No es la nación quien ha creado el Estado, como en la vieja concepción naturalista que servía de base a los estudios de los publicistas de los Estados nacionales del siglo XIX. Por el contrario, la nación es creada por el Estado, que da al pueblo, consciente de su propia unidad moral, una voluntad y, por consiguiente, una existencia efectiva».
El nacionalsocialismo concibe de otra forma las relaciones entre el Estado y la nación. El Estado nacionalsocialista no desempeña más que un papel de instrumento, de aparato. La realidad fundamental es el Volk. El pueblo alemán no es sólo el conjunto de los alemanes del siglo XX; es una realidad histórica y biológica, la raza alemana y la historia de Alemania a un tiempo. Así, pues, el Estado nacionalsocialista no es sino un momento del destino alemán.
4.1.16 El Estado social y democrático de derecho: el Estado de bienestar
4.2 Los modos de la autoridad
Las sociedades más primitivas carecían de un gobierno en el sentido estricto de la palabra. En ellas la jerarquía tribal y familiar se confunde con la política. Las sociedades complejas, en cambio, presentan una estructura política distinta y diferenciable frente al resto de los sistemas sociales. Partiendo de la base de la naturaleza de la autoridad en cada politeia, Max Weber estableció una sistematización interesante de los diversos tipos de gobierno y de la organización política correlativa. Según él, tres son los «tipos puros de la autoridad legítima».
A) Los gobiernos de autoridad carismática se basan en la devoción a la santidad, heroísmo o carácter ejemplar, específicos y excepcionales de una persona individual, y al mismo tiempo en el patrón normativo u orden político por ella revelado u ordenado. Los gobiernos carismáticos son típicos de los movimientos sociales que crean un orden nuevo.
La autoridad carismática es relativamente efímera. Una vez conseguido el poder, el líder, y sus compañeros (rodeados también de carisma) se encuentran con tareas diferentes de consolidación del poder, control político de la población, administración territorial, institucionalización de su régimen. Surge entonces el proceso de rutinización del carisma, si bien la permanencia de situaciones críticas puede alargar la vida del período genuinamente carismático de la autoridad. La rutinización conlleva la transfiguración legendaria de la época fundacional de la nueva politeia, y su recuerdo mediante fiestas, conmemoraciones y rituales políticos. Este objeto se consigue en cierto grado siempre que la nueva situación posea un sentido para un sector importante de la población.
B) Los gobiernos de autoridad tradicional se basan en una creencia establecida sobre la santidad de ciertas instituciones inmemoriales y en la legitimidad del status de quienes las representan. Las monarquías son el más claro ejemplo. En este caso la estructura política se justifica según leyes y costumbres hereditarias. Las justificaciones ideológicas vienen después, con todo y que son muy importantes para el ejercicio de las facultades legislativas y punitivas del poder tradicional. Los derechos y deberes de obediencia en los regímenes tradicionales carecen de claridad, pues no están siempre codificados; uno sabe «lo que puede hacer» y lo «que no puede hacer» en cada caso gracias a la costumbre y al conocimiento pragmático de las fronteras del poder. Además, no puede generalizarse para todas las sociedades la distribución en ellas del poder de autoridad tradicional y sus atribuciones.
El rasgo más característico de los regímenes de autoridad tradicional es la importancia de la transmisión hereditaria del privilegio. En ellos el status es normalmente heredado, y no logrado exclusivamente por méritos propios.
C) Los gobiernos de autoridad legal – racional se basan en la creencia en la legalidad de sistemas de normas políticas explícitas, por ejemplo, en una constitución política y en el derecho de los hombres dotados de autoridad de dar órdenes dentro de los límites marcados por la ley. Estos sistemas responden a una concepción racionalista de la política, y obedecen a la idea de que la ley es la expresión de la soberanía popular. A su vez, ésta es considerada como la única fuente de legitimidad. De hecho, es la ley quien es soberana, y no grupos o individuos concretos. Este sistema fue elaborado y descubierto por los griegos y ha sido recogido por los europeos modernos. Es un sistema de garantías que pide la participación de los ciudadanos (no vasallos) en la creación de la ley y en la vida política.
Los anteriores son tres tipos ideales de gobierno que en ningún lugar se encuentran en estado perfecto. Así, los sistemas totalitarios, por ejemplo, pueden intentar revestirse de un caparazón legalista y constitucional, al mismo tiempo que incorporan algunas veces elementos puramente carismáticos, como en la Alemania nazi o la Italia fascista
5. Diferentes formas de Estado
5.1 Antecedentes del Estado en la Cristiandad
Para explicar el surgimiento del Estado moderno es preciso tener en cuenta tanto la dinámica política que pone en cuestión las relaciones feudales, como el fracaso sucesivo de las construcciones con ambición universal que representan el Papado y el Imperio. Ambas instituciones, entre sí independientes, actúan sobre una sociedad que, después de las grandes migraciones que anteceden y suceden a la caída del Imperio romano, ha conseguido estabilizarse tanto territorial como socialmente.
El ordo christianus se levanta sobre la distinción de dos sociedades perfectas: una espiritual, la Iglesia, a la cabeza de la cual se halla el Papa, y otra temporal, el Imperio. La primera se basa en la revelación evangélica, y la segunda, en la tradición todavía no extinta del Imperio romano, que se considera el modelo definitivo de cualquier forma de organización política. Ambas tienen su centro en Roma y ambas ponen énfasis en su universalidad. La distinción entre el poder espiritual, Papado, y el poder temporal, Imperio, la diarquía ecclesia/imperium, constituye uno de los elementos distintivos de la cultura europea. La distinción entre el poder espiritual y el poder temporal posibilita el proceso de secularización que va a caracterizar a la Europa moderna, del que va a surgir el Estado como uno de sus principales productos.
Desde el siglo XI, la institución real va creando paulatinamente un ámbito propio de autonomía entre la sociedad feudal y los poderes con vocación universal, la Iglesia y el Imperio. La función específica del rey es mantener la paz por medio de la acción de la justicia. El embrión monárquico de lo que luego será el Estado consiste en un sistema de deberes y derechos que se vinculan a la persona del rey, la que, en virtud de ellos, queda en relación con el conjunto de sus vasallos, sean cuales fueren la posición y el status que ocupen en la sociedad. De un lado, el Rey, y de otro, el conjunto de los vasallos -“del rey abajo, ninguno”-, duplicación que posibilita que, ante el monarca, se perciba a la sociedad como un todo. El Estado, desde su origen, lleva en su seno una capacidad universal de igualación social: todos, sea cual fuere la posición y el rango en la sociedad, ante el Estado son iguales.
5.2 Estados absolutistas
Cuando los centros decisorios y ejecutivos de un sistema político asumen todo el poder y no reconocer fuerzas políticas que se les puedan oponer legítimamente, nos encontramos con una organización que podemos denominar absolutista, en el sentido de que el núcleo hegemónico del poder se atribuye a sí mismo el monopolio absoluto de la autoridad en el ámbito de su dominio. Estos regímenes concentran el poder en una oligarquía, clase dirigente, un monarca o un partido político único. A su vez, este monopolio absoluto del poder se apoya en una concepción de «suma cero» del poder, es decir, que cuando un individuo o grupo ajeno a la esfera dirigente adquiere poder, privilegio o status político, inmediatamente es visto por el dictador, clase en el poder u oligarquía como una amenaza que de modo efectivo disminuye su propia autoridad proporcionalmente al que tales grupos o individuos adquieran. En tales casos, autócratas y oligarquías sólo piensan en extirpar o reducir a la impotencia a toda oposición política.
Las políticas absolutistas son muy antiguas. Las hay de tipotradicional entre las que cabe incluir los imperios despóticos orientales, las tiranías clásicas europeas, desde Grecia hasta el Renacimiento, las monarquías despóticas y toda clase de dictadura histórica. El absolutismo moderno, en cambio, presenta problemas complejos de interpretación. En la sociedad moderna distinguiremos el absolutismo totalitario o totalitarismo del despótico, o despotismo moderno.
En los regímenes totalitarios el dominio absoluto ejerce – o desea ejercer – un control tanto de la sociedad civil como de la vida privada de sus ciudadanos. Los regímenes totalitarios necesitan realizar una utopía política mediante el uso sistemático del terror político, la movilización de la población desde un centro tiránico, la utilización sistemática de la censura, el uso de un vasto aparato policial político y de una considerable burocracia centralizada. Por otra parte, el despotismo modernoaspira también al control de la esfera privada y de las instituciones y grupos autónomos, pero no considera siempre necesaria su aniquilación total, aunque siempre los mire con extrema desconfianza.
En todos los casos de despotismo moderno nos encontramos con:
- un modo de dominación de clase en el cual el poder está ejercido para la clase dominante y, en su nombre, por un déspota o una reducida élite;
- una serie de colectividades de servicio – policía, funcionarios, miembros de un partido único, clérigos – que obedecen siempre al jefe o jefes;
- un pluralismo político restringido de clase dentro de estas colectividades de servicio;
- una fórmula política de gobierno que incluye una fachada ideológica y la tolerancia de un cierto grado de pluralismo ideológico entre las facciones que componen la coalición de fuerzas dominantes, y
- una mayoría popular a la que se exige obediencia pasiva y que es explotada económicamente por las clases dominantes.
No todos los regímenes despóticos están vinculados a una misma clase social o coalición de ellas, de modo que un análisis adecuado tiene que investigar hasta qué punto son formas de dictadura de la burguesía, o instrumentos de la casta militar, o de un aparato de partido, o todas estas cosas a la vez.
En su origen europeo, el Estado absolutista es un ente territorial sometido a la autoridad única de un monarca absoluto. Estos Estados son posibles merced a la conjunción de una serie de factores materiales y espirituales que permitieron la institucionalización de esa autoridad única: la aparición de la imprenta, la recuperación del Derecho romano y el auge de las universidades, posibilitaron la aparición de una clase de legistas que, aparte de ser un medio para el ennoblecimiento de las clases bajas, en concreto de la burguesía, constituyó el reservorio del que se sirvieron los monarcas absolutos para constituir una burocracia a su servicio, la cual, a su vez, echó los cimientos de una Hacienda Pública. Las Haciendas Públicas garantizaron la posibilidad de constituir ejércitos permanentes, pues ya no era necesario que éstos vivieran del pillaje sobre el terreno, sino que aquella Hacienda era la fuente de la soldada. La conjunción de los ejércitos permanentes con la aparición de las armas de fuego dio a los monarcas absolutos una superioridad neta sobre la nobleza feudal, de la que se valieron para unificar sus territorios y someterlos a un solo derecho y a una sola justicia (la justicia del Rey frente a la justicia señorial).
La doctrina económica imperante en el Estado absolutista es el mercantilismo que, si bien parte del principio de que la riqueza de las naciones es equivalente a la cantidad de metales preciosos que éstas puedan acaparar, indirectamente contribuiría a fomentar en gran medida la actividad comercial que, de acuerdo con la posterior economía clásica, es la verdadera fuente de la riqueza de las naciones.
En el campo jurídico-político, el Estado absolutista es la primera manifestación del territorium clausum, dentro del cual el monarca posee el monopolio de la violencia. Dicho monopolio se pone al servicio del derecho y la justicia administrados en nombre del Rey; pero el rasgo esencial de este fenómeno y lo que caracteriza a esta forma de Estado como absolutista es la circunstancia de que el Monarca, al ser soberano, está por encima del derecho que él mismo crea. El monarca absoluto es legibus solutus.
5.3 Estados liberales
El Estado liberal, en cuanto reacción de la burguesía al Estado absolutista, descansa sobre dos principios fáctico-normativos: la Constitución y las declaraciones de derechos del individuo. En ambos casos se trata de límites impuestos al poder de la autoridad, al poder del soberano, que ya no puede ser legibus solutus por cuanto, a los límites que ya le imponía la misma doctrina política absolutista (las leyes viejas del Reino, los pactos, la ley divina), se le añaden ahora otros dos: primero, una norma superior o norma de normas, preexistente, la Constitución, a la que se tiene que ajustar toda la actividad del soberano en cuanto legislador; segundo, el reconocimiento expreso de los derechos del individuo que, al ser admitidos (desde Locke) como anteriores al Estado, son ilegislables y, por lo tanto, inviolables.
El Estado liberal, en cuanto articulación territorial, respeta los principios sentados por el Estado absolutista. En cuanto a la articulación jurídico-política, sigue reservando a los poderes públicos el monopolio de la violencia. Pero como ésta se ejerce ahora con arreglo a derecho, aquel monopolio se constituye en monopolio “legítimo” y pasa a ser considerado como el elemento definitorio del Estado. En cuanto a la articulación económica, el Estado liberal se articula según los principios del liberalismo económico de la teoría económica clásica de la Escuela de Manchester. Desde esta perspectiva, la riqueza de las naciones reside en la capacidad para competir en el comercio mundial y la función que corresponde a las autoridades en la actividad económica es la que se contiene en la famosa expresión “laissez faire, laissez passer”, cuya articulación formal es la teoría del llamado “Estado gendarme” o “Estado policía”, también conocido como “Estado mínimo”, esto es, un Estado que se abstiene de toda intervención en el proceso productivo y cuyas únicas actividades se reducen a mantener el orden público, garantizar la defensa y realizar las obras públicas necesarias para la producción.
5.4 Estados democráticos
5.4.1 Definición de la democracia
La democracia posee un interés singular para el hombre contemporáneo, por lo menos en el sentido de que parece instalada en el centro de sus sistema manifiesto de aspiraciones (valoraciones), a la vez que es proclamada públicamente como fin supremo de vida política por la mayoría de los estados, incluso algunos de tipo absolutista. En un sentido genuino, la democracia es una forma de vida según la cual cada ciudadano participa plena y libremente en el funcionamiento de la política. En sentido más restringido la democracia es la posibilidad real de que todos los ciudadanos participen del poder, bien por la apertura del acceso a los cargos públicos, bien por el voto (delegación de poder), bien mediante el influjo de la opinión pública. El primer tipo de democracia no sólo exige la existencia de los derechos políticos de la segunda, sino una situación de hecho en la cual la apatía política quede reducida al mínimo y los ciudadanos posean un grado de responsabilidad, inteligencia y voluntad políticas poco comunes. Lévi-Strauss afirma que «la verdadera democracia… es la vida comunal, aun la de la más reducida comunidad». Si la democracia pierde su carácter comunitario, el sutil equilibrio entre Gemeinschafty Gesellschaft perderá parte de su prístina virtud. No obstante, la fórmula federal, la descentralización de la administración y la autonomía comarcal e institucional pueden coadyuvar a contrarrestar la impersonalidad y el poder del estado moderno y mantener un grado muy sensible de la vida democrática.
La democracia, al menos en sus formas más desarrolladas, es el ejemplo paradigmático de lo que se denomina Estado de Derecho. Un Estado de Derecho implica sometimiento del Estado al Derecho, a su propio Derecho, regulación y control de los poderes y actuaciones todas del Estado por medio de leyes, creadas éstas además según determinado procedimientos de alguna abierta y libre participación popular, con respeto pues para derechos fundamentales concordes con tal organización institucional. Un Estado que quiera denominarse de Derecho ha de cumplir, al menos, las siguientes características:
- Imperio de la ley, que rige a gobernantes y ciudadanos, pero teniendo en cuenta que “la ley es la expresión de la voluntad general”, es decir, creada con libre participación y representación de los integrantes del grupo social.
- División de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial, con predominio del poder legislativo, primero constitucional y luego parlamentario, concretado en las correspondientes normas jurídicas. La institución que representa la soberanía popular es la que suministra legalidad y legitimidad a la institución que ejerce la acción gubernamental.
- Fiscalización de la administración: actuación según ley en todos los órdenes y niveles de ella (poder ejecutivo), así como consecuente y eficaz control por los competentes órganos constitucionales y jurisdiccionales. Interdicción de la arbitrariedad y respeto estricto, pues, al principio de legalidad y a sus implicaciones por todos los funcionarios y servidores del Estado.
- Derechos y libertades fundamentales, garantías jurídicas, así como efectiva realización material de las exigencias éticas y políticas, públicas y privadas, que, especificadas y ampliadas en el tiempo como derechos económicos, sociales, culturales y de otra especie, constituyen la base para una real dignidad y progresiva igualdad entre todos los seres humanos.
El Estado de Derecho es aquel en el que las regulaciones normativas se hacen desde la libre participación, que incorpora mejor los derechos fundamentales y obliga con todo rigor a que los poderes públicos se muevan siempre dentro del más estricto respeto y sometimiento a las leyes, prohíbe y persigue toda actuación o respuesta estatal que utilice cualquier tipo de fuerza o coacción que pueda considerarse ilegal.
El Estado, según Weber, es el monopolio legítimo de la violencia; para que sea tal (legítimo) ha de tratarse, por tanto, de una fuerza, de una coacción, de una violencia de ese modo producida y regulada en el Estado de Derecho. El Estado no puede, no debe, de ningún modo, responder al delito con el delito, a la violación de la ley por el delincuente con la violación de la ley por el gobernante o sus representantes: se convertiría así en un Estado delincuente.
5.4.2 Instituciones de la democracia
El criterio sociológico de definición de democracia debe basarse en un mínimo de instituciones democráticas en sano funcionamiento. Por eso, importa poco la proclamación pública de que tal o cual país es una democracia. Habrá que constatar si los ciudadanos votan, si los candidatos al favor popular expresan opiniones opuestas, si existe una opinión pública que se manifiesta con relativa libertad, si la asociación política es libre, sin interferencias con el poder gubernamental, y si existe una auténtica oposición frente al gobierno, tan legítima como él.
El requisito más elemental de la democracia es el de la representatividad, la cual, normalmente, se expresa en el voto. Por ello los estudios de conducta electoral son parte central de la sociología de la democracia. El estudio del proceso electoral y de la respuesta de los ciudadanos en las urnas revela valores y motivaciones poco visibles en otros niveles de la vida política.
Frente a la investigación del cuerpo electoral aparece el de sus representantes, los políticos. Así, nos conviene saber su origen social, sus estudios, sus conexiones con el mundo de las finanzas, con los militares, con las clases sociales. En otras palabras, trátase de estudiar las élites políticas y su circulación. Como indicó Pareto, las democracias occidentales distan de presentar una movilidad social perfecta, pues los políticos profesionales, por el mero hecho de serlo, se oponen a su jubilación o retiro, o a ser sustituidos por quienes no hayan sido sus protegidos y aliados. Los canales de acceso al poder no están abiertos a todos los que pudieran ser virtualmente buenos políticos, sino a quienes, además de ello, posean las conexiones necesarias o sepan labrárselas.
Los partidos políticos, las facciones y los grupos de presión son otras instituciones básicas de la democracia, o por lo menos de la pluralista.
El estudio de los partidos políticos nos muestra su naturaleza a menudo clasista; así, como Marx apuntara, la vida política parlamentaria puede ser, en parte, una sublimación de la lucha de clases y, a veces, puede aportar soluciones parciales genuinas a las tensiones interclase. También nos muestra su estudio cómo en los partidos políticos y sindicatos surgen oligarquías dirigentes que tienden a mantenerse cerradas y a controlar el aparato burocrático del partido en cuestión.
Junto a los partidos, en los estados democráticos surgen asociaciones políticas más o menos permanentes con fines más restringidos, en general, para proteger o promover un conjunto limitado de intereses. Estas asociaciones – los grupos de presión – establecen lobbies o contactos influyentes en los centros ejecutivos, legislativos y hasta judiciales del poder. Su fuerza es notable, en especial, en los parlamentos y asambleas legislativas. En ciertos sentidos, la organización de intereses grupales – de empresarios, sindicatos, finanzas, iglesias, estamentos militares, etcétera – restringe el alcance de la democracia.
Con todos sus defectos, la democracia es el modo más rico, complejo y civilizado de política.
5.4.3 El Estado democrático o Estado liberal de Derecho
Aunque el Estado liberal consideraba al ser humano como sujeto de derechos y deberes, no cumplía, sin embargo, con la exigencia más elemental de toda consideración abstracta y universal, que es la de la igualdad de sus unidades. Aquellas declaraciones de derechos de los orígenes del estado liberal -por ejemplo, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano- proclamaban la igualdad de los seres humanos ante la ley; pero se trataba de una igualdad puramente formal que ocultaba desigualdades reales, e incluso a veces ni siquiera había una verdadera igualdad formal. Este hecho se ve claramente en todas las leyes electorales de todos los países liberales en el siglo XIX: no todas las personas son iguales ante la ley electoral. Los Estados liberales convivieron todos con una u otras formas de sufragio censitario, que negaba un derecho fundamental a sectores más o menos numerosos del pueblo. En consecuencia, el Estado liberal era un Estado de Derecho pero, al no respetar el principio de igualdad, no era un Estado democrático. Por este motivo, el Estado liberal de fines del siglo XIX y principios del XX, al desembocar en la universalización real del derecho de sufragio, acabó convertido en Estado democrático.
Desde el punto de vista territorial, el Estado democrático es un Estado nacional que se atiene a los principios de la soberanía interior y exterior. Desde la perspectiva jurídico-política, el Estado democrático conoce dos variantes fundamentales con respecto al liberal: por la primera, al imperar el mandato de la igualdad, las decisiones pasan a adoptarse por el principio de la mayoría; por la segunda, al ser el sufragio universal, el cambio institucional más acusado que se produce es “la parlamentarización de los Gobiernos”: se asienta el principio de responsabilidad política de los Gobiernos ante los Parlamentos. Desde el punto de vista de las concepciones económicas dominantes, el hecho de que, paralelamente a la universalización del sufragio, se universalizara el impuesto sobre la renta y se admitiera el derecho de representación de las clases trabajadoras y humildes en general, provocó una mayor actividad intervencionista del Estado, que vino favorecida por los rápidos procesos de industrialización y modernización de las sociedades y, como respuestas, el auge del movimiento socialista por un lado y la elaboración de la doctrina social de la Iglesia por el otro. Esta incrementada actividad intervencionista acabaría conduciendo al Estado democrático (que también era liberal) a la última, contemporánea, forma de Estado.
El Estado social y democrático de Derecho o Estado de Bienestar
Tras la revisión que impuso al catálogo tradicional liberal la naciente mentalidad democrática igualitaria, se desarrollaría una nueva mentalidad crítica que trataría de demostrar cómo, a pesar de todo, en tanto existieran las desigualdades económicas y sociales, ni siquiera la efectiva igualdad política lograda por el pensamiento democrático sería suficiente para conseguir órdenes político-sociales racionales y justos. La convicción profunda aquí es que la verdadera igualdad sólo puede ser económica y social. Para conseguirla se solicita una directa intervención de las autoridades públicas en el proceso productivo y, sobre todo, en el distributivo, con fines de garantizar una redistribución más equitativa de la renta.
Desde el punto de vista territorial, el Estado social y democrático de Derecho no cuestiona los supuestos de soberanía comunes a todas las formas del Estado de Derecho; aunque sí tiene una mayor proclividad a integrarse en organizaciones supranacionales y a ceder parcelas de soberanía. Desde el punto de vista jurídico-político, son dos las innovaciones de esta forma de Estado: el carácter abierto y progresista de las organizaciones constitucionales, a través de las correspondientes cláusulas transformadoras de los órdenes jurídico-políticos estatales, y el llamado parlamentarismo racionalizado, mediante el cual se trata de cohonestar el principio de responsabilidad política de los Gobiernos ante los Parlamentos con el de la estabilidad política de los Estados. Desde el punto de vista económico, esta forma de Estado coincide con el llamado “Estado del bienestar”. Se entiende que es una forma de Estado básicamente intervencionista, que no actúa de acuerdo con los postulados de la teoría económica liberal clásica, sino con arreglo a la revisión keynesiana, que postula dicha intervención del Estado en el ciclo económico con el fin de garantizar tres aspectos necesarios para la prosperidad de las sociedades capitalistas: el equilibrio económico (neutralización de las crisis), el pleno empleo y, como consecuencia, el crecimiento sostenido.
El Estado se hace decididamente intervencionista con objeto de poder atender y llevar a la práctica las demandas sociales de mayor participación e igualdad real: sufragio universal por un lado, amplio pacto social con compromiso por el Estado para políticas de bienestar, por otro, serán los dos principales componentes de esa fortalecimiento de la legitimación y de la doble participación democrática.
El Estado se convierte, así, en un Estado de servicios -donde éstos se demandan cada vez en mayor cantidad, mejores en calidad y para más amplios sectores sociales-; esto va a suponer un protagonismo y una preeminencia para las tareas y las funciones de la Administración, del poder ejecutivo. Éste, sin negar el Parlamento, se convierte en poder legislador y su actividad desborda, aunque no necesariamente contradiga, los propios cauces de las normas jurídicas.
Ver las características del Estado de Bienestar en el tema del mismo título.
5.4 El poder militar
La guerra y la manifestación violenta de la hostilidad han sido perennes en la sociedad humana desde tiempo inmemorial. Y el ejercicio sistemático de la violencia de un modo grupal, organizado, es el origen de la milicia. Esta aparece como subsistema del sistema político general, de la política. En algunas sociedades nos encontramos con una casi identificación entre gobierno y poder militar, por ejemplo, en el feudalismo. También encontramos casos en los que el poder militar, organizado en forma de ejército, monopoliza el poder civil y relega a posiciones secundarias otras fuerzas políticas. Sin embargo, la organización militar de una sociedad consiste en un conjunto de instituciones estrictamente relacionadas con el poder.
Los objetivos mismos del ejército – control de la sociedad o sociedades sujetas al estado, defensa y ataque, o sea, obtención de los fines del sistema político – son esencialmente políticos. Ahora bien, en un extremo del espectro nos encontramos con estados donde el ejército es un subsistema totalmente controlado por el grupo civil del gobierno (Suiza), y en el otro, con la confusión entre ejército y gobierno (ciertas repúblicas sudamericanas). El caso intermedio es más corriente; éste consiste en que el mando militar – la élite castrense – se convierta en un grupo de presión perenne y poderoso que oriente muchas decisiones gubernamentales.
Pero también aquí hay que hacer distinciones, pues una cosa es el peso de estamento militar, por muy grande que sea, y otra es la inclinación de ciertos grupos dentro de ese estamento a hacerse violentamente con el poder y a ejercerlo directamente.
La gran frecuencia de los golpes de estado en ciertas regiones del mundo es prueba de que ello no es un fenómeno esporádico o efímero. Es producto, como dice Finer, de dos fuerzas principales: por un lado, la capacidad y la propensión de las fuerzas armadas hacia la intervención, y por otro de ciertas contrapresiones sociales como son, por ejemplo, la amplitud de la opinión política, el grado de movilización política de la sociedad civil – sindicatos, partidos -, la naturaleza de la cultura política, etc. Existen además notables correlaciones entre la propensión del ejército hacia el golpe de estado y el nivel de desarrollo económico, al igual que con la edad del estado afectado.
Junto a estos fenómenos que proceden de la estructura social general de ciertos países encontramos los que son inherentes a los sistemas sociales militares en sí. Uno de los más descollantes es el militarismo. Este puede definirse como un complejo social que incluye el militantismo, la preponderancia del ejército en el interior de la sociedad y del gobierno y un cierto grado de militarización de la vida civil. Trátase, pues, de un fenómeno altamente ideológico. No es, además, exclusivo del poder público ni tan siquiera de las fuerzas armadas, pues está enraizado en actitudes y grupos que los trascienden. Así, hay organizaciones religiosas o laicas en las que el militarismo y la estructura paramilitar son evidentes: Jesuitas, Boy-Scouts, Ejército de Salvación.
En cuanto a su organización interna, es notable la estricta jerarquización, formalización y ritualismo de los ejércitos, salvo en situaciones revolucionarias y de liderazgo carismático.
6. Administración: organizaciones formales y burocracia
El gobierno entraña, en toda sociedad compleja, una administración. Esta consiste en el manejo rutinario de casos previsibles, que normalmente se solucionan por delegación de poder a ciertas instituciones. La administración es básicamente lo que se suele llamar una organización formal, lo cual significa, como dice Merton, que es una estructura social racionalmente montada con patrones de conducta claramente definidos y funcionalmente relacionados con los propósitos de la misma. En las sociedades más simples, las organizaciones formales son innecesarias, pues los sistemas sociales de linajes, clases y tribus bastan a la organización económica, militar, política y religiosa de sus tareas y bastan también para el mantenimiento de su cohesión interna. Pero en todas las políticas complejas del pasado, y en todos los estados modernos sin excepción se produce una estructura formal cuyo alcance coincide con el del poder político central y que es de naturaleza esencialmente burocrática. La burocracia pública es el prototipo de organización formal, pero ésta no se presenta sólo a nivel político. Las grandes empresas capitalistas, por ejemplo, están montadas según organigramas, jerarquías, mecanismos y patrones burocráticos.
Según Weber, idealmente, la burocracia se caracteriza por la racionalidad de las decisiones, la impersonalidad de sus relaciones sociales, la rutinización de las tareas y la centralización de la autoridad. Además, hay una segunda serie de rasgos estructurales, a saber:
- unas zonas fijas y oficiales de jurisdicción para los miembros de las instituciones burocráticas
- un sistema graduado y jerárquico de autoridad centralizada
- un sistema central de registros
- un conjunto de capacidades o pericia administrativa
- una actividad del empleado que se considera oficial y que está enteramente separada de su vida privada
- unos reglamentos generales y sistemáticos que definen rígidamente el procedimiento a seguir ante cada caso.
Quien detenta un rol de burócrata es un profesional asalariado, que sigue su carrera según un escalafón y que, en principio, no percibe ingresos ni emolumentos de los administrados.
La burocracia es también parte integrante de la división general del trabajo en la sociedad. Por ello la evolución de la burocracia ha ido estrechamente unida a la del sistema económico. La racionalización del trabajo ha ido de la mano de la burocratización de entidades políticas o de propiedad privada y pública.
La burocracia lleva consigo incontables disfunciones – nepotismo, soborno, injusticias administrativas, lentitud ocasional del procedimiento – pero su avance la eficiencia y el radio de acción de los grupos secundarios que la utilizan. A su vez, el control social burocrático ha creado numerosos problemas, como son el enorme poder de la policía política en los estados totalitarios y la vulnerabilidad de las comunidades ante la fuerza de las organizaciones formales, manipuladas por un gobierno poderoso y lejano. Y es que la burocracia es en sí misma una herramienta neutra, ni buena ni mala. Es expresión de unos procesos culturales de racionalización progresiva del trabajo que, a menudo, sobrevive a los regímenes políticos.
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- Elster, J., El cemento de la sociedad, Barcelona, Gedisa, 1991
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- Reale, G., Antiseri, D., Historia del pensamiento filosófico y científico, 3 vols., Barcelona, Herder, 21992
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- VV. AA., Nueva historia de las ideas políticas, Madrid, Mondadori, 1992