1. INTRODUCCIÓN.
Llevar a la práctica este principio de diversidad ha supuesto adoptar un modelo de escuela inclusiva y comprensiva, que establezcan elementos comunes y una educación que otorgue a cada uno lo necesario para un desarrollo personal.
Lograr el máximo grado de autonomía personal, así como la integración social y laboral de las personas, solo se podrá llevar a la práctica con una actitud de cooperación constante entre los educadores y las familias.
2. LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO.
En el preámbulo de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), la atención a la diversidad se presenta como principio fundamental presente en toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todos los alumnos una educación adecuada a sus características y necesidades. (Título Preliminar, Cáp. I).
Se cita que: “Dado el carácter obligatorio de la educación básica, las medidas de atención a la diversidad que se apliquen estarán orientadas a responder a las necesidades educativas concretas del alumnado, a conseguir que alcance el máximo desarrollo posible a sus capacidades personales y a la adquisición de las competencias básicas y de los objetivos del currículo establecidos para la educación primaria y la educación segundaria obligatoria, garantizando así el derecho a la educación que les asiste”.
2.1. La escuela ante la diversidad.
La importancia de adoptar el principio de atención a la diversidad, se acentúa aún más en el caso de la Educación Primaria dada la diversidad de las capacidades, intereses y motivaciones. Si aplicamos todo esto al alumnado, esta diversidad se refleja en:
● Diversidad de ideas, y actitudes previas de los alumnos
● Diversidad de intereses.
● Diversidad de ritmos de aprendizaje.
Dada la diversidad del alumnado, se necesitan diferentes estilos de aprendizajes, que es el conjunto de aspectos afectivos, personales y cognitivos que forma la manera particular de aprender de cada persona, sabiendo, que no se puede caer en el error de utilizar diferentes estilos para clasificar a los alumnos/as.
Dentro del grupo- aula se debe optar por una diversificación de la enseñanza, es decir, organizar el trabajo de aula teniendo en cuenta la manera de aprender de nuestros alumnos, lo que ya se empieza a conocer como necesidad de una enseñanza multi-método.
Llevar a la práctica esta teoría requiere:
1. Adoptar un modelo de escuela inclusiva y comprensiva, que por un lado establezca elementos comunes para todos los alumnos y por otra aporte a cada uno lo que necesita para un mejor desarrollo personal.
2. Un currículo con unas características especiales que pueda desarrollar, según Marchena (2001) todos estos principios:
a) Único y prescriptivo: Único porque todo el alumnado participará de un marco de referencia común. Prescriptivo, porque es de obligado cumplimiento y punto de referencia para todas las actividades educativas
b) Abierto y flexible: Que tenga un alto margen de acción para que pueda adaptarse a las peculiaridades de cualquier contexto educativo y a las necesidades y características de los alumnos/as.
c) Descentralizado y contextualizado: Que esté estructurado en distintos niveles de competencia y concreción, desde lo más general a lo más individual.
d) Sistemático: Que todos los elementos que lo componen se hallen estrechamente vinculados, de forma que el cambio de uno de ellos suponga el de todos, en base a un equilibrio y coherencia.
3. PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
Dentro de los principios pedagógicos relativos a la Educación Primaria recogidos en el artículo 19 de la LOMCE se evidencia una preocupación por la detección precoz de las dificultades de aprendizaje para reducir el fracaso escolar.
En el R.D. 696/1995 de 28 de abril, de ordenación de la Educación Especial recoge cuatro principios que han de regir la atención a la diversidad:
-Normalización: Llevar una vida escolar lo más natural posible.
-Integración escolar: aplicando adecuadamente el principio anterior.
-Sectorización: acomodando los servicios educativos a las personas con discapacidad.
-Individualización: Cada educando reciba la educación que necesita.
Además de estos principios, existen otros más integrados en la realidad escolar, como:
● Principio de atención educativa individualizada: cuyo objetivo es proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características.
● Enfoque de dificultades: Apoyado en un flexibilidad curricular y una diversidad de estrategias.
● Principio de detección: Realización de la evaluación continua como herramienta para detectar dificultades de aprendizajes.
● Principio de intervención temprana: Para dar una solución real y adecuada al alumno de sus posibles dificultades.
● Principio de comprensividad del currículum: Supone el planteamiento de unos objetivos y la posibilidad de alcanzarlos con diferente nivel de competencia, brindando a todo el alumnado las mismas posibilidades.
La respuesta a la diversidad es una responsabilidad compartida en diversos niveles de actuación (administración, currículum, centro y aula) y se concreta en estrategias que podemos agrupar en:
● Estrategias de carácter general (dictada por la Administración).
● Estrategias ordinarias de atención a la diversidad (agrupamientos, horarios, estrategias metodológicas, etc.).
● Estrategias extraordinarias de atención a la diversidad (Adaptaciones curriculares, agrupamientos flexibles, etc).
Estas estrategias de atención a la diversidad se pueden desarrollar desde diferentes ámbitos:
● Desde la Administración.
● Desde el Currículo.
● Desde el Centro.
4. MEDIDAS ORGANIZATIVAS, CURRICULARES Y DIDÁCTICAS.
4.1. Organizativas.
Una respuesta educativa eficaz y adecuada es una responsabilidad compartida por las distintas categorías que conforman la sociedad educativa
Se intenta ofrecer al alumnado una escolarización que proporcione integración. Los EOE, teniendo en cuenta las características de los alumnos distinguen:
-Integración total en el grupo ordinario: Destinados a los alumnos que siguen el ritmo ordinario del grupo- clase con algún refuerzo o adaptación.
-Integración en el grupo ordinario en periodos variables: Destinados a los alumnos que requieren una atención personalizada, pero que se integra parcialmente en el grupo.
-Atención educativa específica: Destinados a los alumnos cuyo desfase requiere un currículo adaptado significativamente.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, propone diversas medidas organizativas centradas en la autonomía de los centros, referidas a:
● Agrupamientos flexibles, para la tención del alumnado en un grupo específico.
● Desdoblamiento de grupos, con la finalizar de reforzar su enseñanza.
● Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor dentro del aula.
● Modelo flexible de horario lectivo semanal.
Las instituciones educativas también cuentan con unas estructuras de coordinación para dar las respuestas necesarias al proceso de aprendizaje, éstas son:
1. Equipo de Orientación y Apoyo (EOA): Constituido por un profesional de Audición y Lenguaje y uno de Pedagogía Terapéutica, y el psicólogo.
2. Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica (ETCP): Elabora las propuestas de criterios y procedimientos para realizar las adaptaciones curriculares.
4.2. Medidas curriculares.
El artículo 4 de la LOMCE nos dice que cuando la atención a la diversidad así lo requiera, se adoptarán medidas curriculares adecuadas que permitan a los centros la organización flexible de las enseñanzas.
Se puede distinguir dos estrategias curriculares de atención a la diversidad:
-Generales: Situadas en el Primer y Segundo Nivel de concreción. Destinadas a dar respuestas a la pluralidad de sistemas educativos y a sus integrantes.
-Específicas: Formada por la programación de aula, las adaptaciones curriculares y el refuerzo educativo.
En ocasiones las necesidades de este tipo de alumnos no pueden verse satisfecha con los medios educativos ordinarios y es necesario el refuerzo educativo, es decir, el conjunto de actividades educativas que complementan y enriquecen la acción educativa ordinaria. En el Real Decreto 126 – 2014, de 28 de Febrero, Currículo Básico Educación Primaria, en su articulado nos aclara que las medidas de refuerzo se deberán poner en práctica tan pronto como se detecten dificultades en el aprendizaje del alumno. Dependiendo del tipo de refuerzo lo podrá realizar el tutor u otro/s especialistas, realizándose fundamentalmente en las áreas instrumentales.
El apoyo educativo se realizará dentro del horario escolar mediante el uso flexible de la organización del profesorado. La LOMCE lo considera una necesidad de coordinación y actuación conjunta por parte de los profesores, el tutor, por un lado, y el profesor de apoyo, por otro. Para poder realizar esta intervención es necesario que se realicen unas adaptaciones curriculares. Según la citada normativa, éstas son el conjunto de modificaciones que se realizan en el currículum para compensar las dificultades de aprendizaje de los alumnos con necesidades educativas especiales.
Según la misma y de acuerdo con el Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, los programas de adaptación curricular pueden ser:
-Adaptaciones curriculares no significativas: Afectará a los elementos del currículo que se consideren necesarios (metodología y contenidos) pero sin modificar los objetivos de la etapa educativa ni los criterios de evaluación.
-Adaptaciones curriculares significativas: Modificación de los elementos del currículo, incluidos los objetivos de la etapa y los criterios de evaluación.
-Adaptaciones curriculares para el alumnado con altas capacidades intelectuales.
4.3. Medidas didácticas.
Atender a la diversidad es contemplar las necesidades educativas de los alumnos durante todo el proceso de enseñanza- aprendizaje, proponiendo objetivos realistas, priorizando contenidos y realizando actividades concretas de refuerzo y ampliación, mediante un seguimiento individualizado a través de la evaluación continua.
Algunas medidas didácticas son:
-Evaluación inicial y continua.
-Apoyo educativo.
-Enseñanza adaptada.
-Flexibilidad metodológica.
-Graduación de las estrategias de ayuda.
-Programas de refuerzo para la recuperación de los aprendizajes no adquiridos,
-Planes específicos personalizados para el alumnado que no promocione de curso,
-Información a las familias
-Programas de adaptación curricular.
5. ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), en su artículo 73, define a este colectivo como aquel alumnado que requiere en un periodo de escolarización o durante toda ella determinados apoyos específicos derivados de su discapacidad. En su Título Preliminar plantea que el sistema educativo deberá conjugar la equidad y la calidad.
En el artículo 72 de la LOMCE se recoge los posibles casos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria:
-Alumnos con necesidades educativas especiales: derivadas de una discapacidad física, psíquica o trastorno de personalidad.
Los diagnósticos de estas dificultades deben producirse lo más pronto posible (art. 73 de LOMCE).
-Alumnos con dificultades específicas de aprendizaje: incluidos normalmente en los programas de apoyo y refuerzo.
-Alumnos con altas capacidades intelectuales: Referido a capacidades superiores a la ordinaria.
-Alumnos con integración tardía al sistema educativo: Hablamos normalmente del alumnado inmigrante con dificultades en la adaptación social y desconocimiento de la lengua (art. 78 de la LOMCE). Es necesario la creación de un Plan de Acogida.
6. MEDIDAS EDUCATIVAS ESPECÍFICAS.
Para que el alumnado alcance el máximo desarrollo de sus capacidades y los objetivos propuestos, se establecerán medidas curriculares y organizativas oportunas que garanticen el adecuado progreso.
La evaluación psicopedagógica será un instrumento que se convertirá en un elemento básico para la adopción de estas medidas, ya que complementa a la evaluación que realiza el profesorado, recogiendo, el tipo de ayudas que se precisa para el desarrollo de sus capacidades.
Entre otras, las más significativas son:
● Adaptaciones de acceso al currículo: Son modificaciones en los elementos de acceso, que posibilitan el desarrollo curricular de los alumnos que presenten dificultades para usar los medios y recursos ordinarios. Las técnicas necesarias son:
– Adaptación de los espacios: encaminada a favorecer la autonomía personal.
– Adaptación de los materiales didácticos del aula: encaminada a aquellos alumnos con discapacidad sensorial.
● Adaptaciones curriculares individualizadas significativas (ACIS): Se accede a esta medida cuando ya se han agotado las medidas ordinarias, como por ejemplo el refuerzo educativo. Las ACIS modifican objetivos, priorizan contenidos, amplían actividades con el fin de responder a las necesidades educativas del alumno.
Previamente a su realización se le hace al alumnado una evaluación psicopedagógica para saber qué conoce de cada una de las áreas del currículo. En base a los resultados obtenidos se establecerá el tipo de adaptación necesaria y los recursos para llevarlo a cabo.
El responsable de la elaboración de las adaptaciones curriculares significativas será el profesorado especialista en educación especial, con la colaboración del profesorado del área, además contará con el asesoramiento de los equipos de orientación.
Escolarización del alumnado con adaptación curricular.
A todo este grupo de alumnos se le recomienda su escolarización desde la etapa de infantil, favoreciendo la integración escolar en los centros ordinarios. Si tiene un desfase en su nivel de competencia curricular, podrá ser escolarizado en un curso inferior al que le corresponde por su edad evolutiva.
Un caso distinto son aquellos alumnos con necesidades educativas por incorporación tardía al sistema educativo, cuya incorporación, después de un previo análisis y estudio, debe ser al curso que más se adapte a sus características y conocimientos previos.
7. CONCLUSIÓN.
La Atención a la Diversidad del Alumnado debe implicar tanto a la organización del sistema educativo como al profesorado encargado de su enseñanza.
La calidad de la educación se mide por la capacidad que dicho sistema tiene de ofrecer una práctica educativa capaz de dar respuesta a la diversidad de capacidades e intereses del alumnado.
Por tanto los alumnos/as con dificultades no tienen que adaptarse al sistema, sino que es la enseñanza la que tiene que adecuarse a ellos.
8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
8.1. Referencias legislativas:
– Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
– Real Decreto 126 – 2014, de 28 de Febrero, Currículo Básico Educación Primaria.
-DECRETO 105/2014, do 4 de setembro, polo que se establece o currículo da educación primaria na Comunidade Autónoma de Galicia.
-Orde do 9 de xuño de 2016 pola que se regula a avaliación na educación primaria na Comunidade Autónoma de Galicia
8.2. Referencias bibliográficas:
– Echeita, G. (1989). Las necesidades educativas especiales en la escuela ordinaria. Madrid.
– Marchena, C (2001). Andamios para la atención a la diversidad. Sevilla. Mad.