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Tema 1 – La evolución de la educación especial en Europa en las últimas décadas: de la institucionalización y del modelo clínico a la normalización de servicios y al modelo pedagógico.

INTRODUCCIÓN

Durante mucho tiempo la EE ha sido una educación paralela y segregada de la educación ordinaria. Hasta no hace mucho tiempo, las actuaciones respecto a los alumnos que han presentado alguna diferencia se han caracterizado por las medidas segregacionistas que se han tomado respecto a ellos. Es a partir del año 1985, y sobre todo a partir de la promulgación de la LOGSE, cuando va a tomar cuerpo un nuevo enfoque, un modelo integrador de atención a la diversidad que va a impregnar toda la estructura del sistema educativo.

GUIÓN

La idea fundamental que quiero poner de manifiesto a lo largo del desarrollo del siguiente tema, es la importancia de conocer la evolución que ha experimentado la EE en los últimos años hasta llegar a exponerla tal como la entendemos hoy, como base para entender las acciones educativas que se llevan a cabo con los ACNEEs.

Para una mejor comprensión del tema lo estructuraré en los siguientes epígrafes:

– En primer lugar haré una VISIÓN GENERAL DE LA EVOLUCIÓN DE LA EE EN EUROPA EN LAS ÚLTIMAS DÉCADAS, estableciendo una serie de etapas.

– A continuación expondré más exhaustivamente la EVOLUCIÓN DE LA EE EN ESPAÑA.

– Y por último explicaré las características de la INSTITUCIONALIZACIÓN Y DEL MODELO CLÍNICO en comparación con LA NORMALIZACIÓN Y EL MODELO PEDAGÓGICO.

1. VISIÓN GENERAL DE LA EVOLUCIÓN DE LA EE EN EUROPA EN LAS ÚLTIMAS DÉCADAS

Para entender la conceptualización y filosofía que impregna la EE tal como la conocemos hoy en día, es necesario considerar cuales fueron esas primeras experiencias que empezaron a configurar un corpus teórico y práctico.

Por motivos muy variados, a lo largo de la historia han existido siempre personas consideradas distintas, a las que se las ha calificado y tratado de diferentes maneras:

Se consideraba a estas personas como un peligro para la sociedad y en ocasiones como desvalidas o indefensas. En ambos casos, el resultado era el aislamiento y la segregación en centros que se construían a las afueras de las ciudades con la excusa de ofrecerles un ambiente saludable.

A pesar de todo, destacan actuaciones como las de:

Todo esto provoca el inicio de la institucionalización especializada de las personas con deficiencia. A partir de aquí podemos decir que surge la EE.

A través de este principio se vertebra todo un cambio social que trae consigo el surgimiento de los principios sobre los que se fundamenta la atención a las personas con deficiencias:

Todos estos cambios progresivos en el tiempo, fueron dando lugar a una nueva concepción de la EE que comúnmente ha sido denominada Escuela Comprensiva. Momento en el que se llega a la normalización de los servicios y prima un modelo pedagógico que ve su origen en:

A partir de este informe la condición personal del individuo pasa a ser considerada como un condicionante, pero lo que verdaderamente determina la especificidad de las n.e.e. es la interacción entre éstas y la respuesta educativa que se planifica.

El origen de la idea de inclusión se sitúa en la Conferencia de 1990 de la UNESCO en Tailandia, donde se promovió la idea de una Educación para todos. A raíz de esta conferencia, en la llamada Conferencia de Salamanca en 1994, se da una adscripción a esa idea de modo casi generalizado como principio y política educativa.

Esta corriente actual, denominada inclusión, da un paso más en este proceso de integración: implica que es la Escuela la que está preparada para incluir a todo niño, considerando que la diversidad es un rasgo inherente del ser humano. En esta nueva perspectiva la escuela se define como un lugar para la diversidad. La educación inclusiva se presenta como un derecho de todos los niños, y no sólo de aquellos calificados como con n.e.e. Pretende pensar las diferencias en términos de normalidad (lo normal es que seamos diferentes) en el acceso a una educación de calidad para todos.

Actualmente la LOE subraya este concepto como principio de actuación.

La política europea

Se pueden establecer tres etapas en este proceso de actuación:

Fase de estructuración y planteamiento: se extiende desde el inicio de los años 70, en que se inician las primeras actuaciones vinculadas al problema de la discapacidad, hasta 1983 fecha en la que se lanza el primer programa de acción de los minusválidos.

Fase de crecimiento: se produce un crecimiento a favor de la integración de las personas con minusvalías. Se produce la aprobación, el 14 de Mayo de 1987, del primer Programa Comunitario relativo a la integración de los niños disminuidos en las escuelas ordinarias.

Fase de consolidación: el 18 de Abril de 1988 el consejo aprobó el segundo Programa Comunitario de acción a favor de los minusválidos, conocido como programa Helios que se extendió del 1 de Enero de 1988 al 31 de Diciembre de 1991. El programa Helios surgió como un marco en el que poder interconectar las experiencias de diferentes ALM (actividades locales modelo) agrupados en tres redes distintas: integración escolar, integración económica e integración social.

2. EVOLUCIÓN DE LA EE EN ESPAÑA

La evolución de la EE en España ha seguido un proceso similar al del resto de países. Destacan:

La LOGSE no modifica en lo esencial los principios y valores que subyacen a las distintas normas que regulaban la EE desde la LISMI, sino que consolida esos valores propiciando modelos de intervención educativa y psicopedagógica coherentes. La EE deja de entenderse como la educación de un tipo de persona. Se entiende como el conjunto de recursos puestos a disposición del alumnado, que en algunos casos podrán necesitarlos de forma temporal, y en otros de una forma más continuada y permanente.

“Las Admón. educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presenta Ley (art. 71.1)”.

“Corresponde a las Admón. educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado (art. 71.2)”.

Incluye tres grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria:

– Alumnado que presenta NEE: son aquellos que requieren, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta (73).

o Su escolarización se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización cuando sea necesario.

o Su escolarización en unidades o centros de EE podrá extenderse hasta 21 años y sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en los centros ordinarios.

o Corresponde a las administraciones educativas:

§ Promover la escolarización en la EI y desarrollar programas para su adecuada escolarización en los centros de EP y ES.

§ Favorecer que estos alumnos puedan continuar su escolarización de manera adecuada en las enseñanzas postobligatorias, así como adaptar las condiciones de realización de las pruebas establecidas para las personas que así lo requieran.

o La identificación y valoración de las necesidades educativas de estos alumnos se realizará, lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación y en los términos que determinen las administraciones educativas.

o Al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada alumno en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial.

– Alumnado con altas capacidades intelectuales:

o Corresponde a las Admón. educativas adoptar las medidas necesarias para su identificación y valorar de forma temprana sus necesidades. Así mismo, les corresponde adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades (76).

o El Gobierno, previa consulta a las CCAA establecerá las normas para flexibilizar la duración de las etapas del SE para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad (77).

– Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español:

o Corresponde a las Admón. públicas favorecer la incorporación al SE de los alumnos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al SE español. Dicha incorporación se garantizará, en todo caso, en la edad de escolarización obligatoria. (78.1).

o Las Admón. educativas garantizarán que la escolarización de dicho alumnado se realice atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, de modo que se pueda incorporar al curso más adecuado a sus características, con los apoyos oportunos y de esta forma continuar con aprovechamiento su educación (78.2).

3. CARACTERÍSTICAS DE LA INSTITUCIONALIZACIÓN Y DEL MODELO CLÍNICO EN COMPARACIÓN CON LA NORMALIZACIÓN Y EL MODELO PEDAGÓGICO

Institucionalización- Modelo clínico

Con la institucionalización las personas con deficiencias eran internadas en centros de carácter cerrado y con muy escasa comunicación con el exterior. Constituían instituciones específicas donde se adoptaba una modalidad de tratamiento en términos sanitarios. La institucionalización se basaba en el modelo clínico que explica las n.e.e. a partir de las deficiencias derivadas de causas orgánicas. Este modelo clínico se caracteriza por:

Normalización- Modelo pedagógico

La normalización tuvo su origen a partir de las aportaciones de Mikkelsen y Nirje sobre los años 60-70. Además, por aquella época, investigaciones como las de Spitz (síndrome de hospitalismo: al estar aislado se produce desfase) favorecieron el cambio de actitudes hacia la desinstitucionalización, que sigue esta línea de la normalización y exige para todos la posibilidad de una forma de vida acorde con los usos generales y la no exclusión del deficiente de los ámbitos sociales por el mero hecho de su deficiencia.

Con todo esto, en contraposición al modelo clínico, se encuentra el modelo pedagógico o psicopedagógico que se caracteriza por:

CONCLUSIÓN

A lo largo del desarrollo del tema hemos podido ver como ha evolucionado la atención a los alumnos con dificultades y como se ha producido un cambio en la terminología utilizada.

A partir de este marco conceptual y coherentemente con los principios de normalización e integración, la EE ya no se concibe como la educación a un tipo de alumnos, sino que se entiende como el conjunto de recursos personales y materiales puestos a disposición del sistema educativo para que éste pueda responder adecuadamente a las necesidades que de forma transitoria o permanente puedan presentar algunos alumnos.

BIBLIOGRAFÍA

Para la elaboración del presente tema he recurrido a los siguientes manuales y documentos:

– Marchesi, A.; Coll, C.; Palacios, J. “Desarrollo psicológico y educación III: trastornos del desarrollo y n.e.e.” (1990). Alianza Editorial: Madrid.

– MEC “Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo” (1989). MEC: Madrid.

– MEC “Evaluación del programa de integración. Alumnos con necesidades educativas especiales” (1990). MEC: Madrid.

– Bautista, R. “Necesidades Educativas Especiales” (1993). Aljibe: Málaga.

Para la elaboración del presente tema he recurrido a las siguientes referencias legislativas:

– Ley General de Educación (1970).

– Constitución Española (1978).

– Ley de Integración Social de los Minusválidos (1982).

– RD 334/1985, de 6 de Marzo, de Ordenación de la EE.

-LOGSE: Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

– RD 696/1995, de 28 de Abril, de Ordenación de la Educación de los ACNEEs.

– LOCE: Ley Orgánica 10/2002, de 23 de Diciembre, de Calidad de la Educación.

– LOE: Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.

Y todas las demás del tema…

ANEXO LOGSE:

Título I.

Capítulo V. De la Educación Especial

Art. 36

  1. El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para que los ACNEEs puedan alcanzar, dentro del mismo sistema, los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos. [La EE desaparece como modalidad educativa distinta de la ordinaria].
  2. La identificación y valoración de las NEE se realizará por equipos integrados por profesionales de distintas cualificaciones, que establecerán en cada caso planes de actuación en relación con las NEE de los alumnos”. [Establece la evaluación psicopedagógica de las n.e.e].
  3. La atención a los ACNEEs se regirá por los principios de normalización e integración escolar. [Se establecen como pilares básicos de la educación de los ACNEEs los principios de normalización e integración escolar].
  4. Al final de cada curso escolar se evaluarán los resultados de cada uno de los ACNEEs en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá variar el plan de actuación en función de los resultados. [Se valora como más adecuada para los ACNEEs la evaluación formativa y procesual].

Art. 37

  1. Para alcanzar los objetivos señalados en el art. anterior, el sistema educativo deberá disponer de los profesores de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la participación de los alumnos en el proceso de aprendizaje. Los centros deberán contar con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares necesarias para facilitar a los alumnos la consecución de los fines indicados. Se adecuarán las condiciones físicas y materiales de los centros a las necesidades de estos alumnos. [Se manifiestan como normativos el apoyo escolar y la dotación de recursos educativos- humanos y materiales].
  2. La atención a los ACNEEs se iniciará desde el momento de su detección. A tal fin, existirán los servicios educativos precisos para estimular y favorecer el mejor desarrollo de estos alumnos, y las administraciones educativas competentes garantizarán su escolarización. [Se establece la atención temprana].
  3. La escolarización en unidades o centros de EE, sólo se llevará a cabo cuando las necesidades del alumno no puedan ser atendidas por un centro ordinario. Dicha situación será revisada periódicamente de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso de los alumnos a un régimen de mayor integración. [Se limita la escolarización en centros específicos y se establece su coordinación con centros ordinarios].
  4. Las administraciones educativas regularán y favorecerán la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización de ACNEEs. [Se favorece y propicia la participación de los padres].

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Los programas HELIOS

En 1988 se puso en marcha el Segundo programa de acción de la Comunidad en favor de los minusválidos (HELIOS), que se aplicaría durante el cuatrienio 1988/1991, y que contó con una dotación estimada inicialmente en 19 millones de ecus. El programa HELIOS tenía como objetivo promover una plataforma de cooperación entre los Estados miembros y estimular los intercambios en los ámbitos de la integración económica y social, la igualdad de oportunidades y la vida independiente de las personas con discapacidad. Se caracterizó por lo ambicioso de sus objetivos, entre los que cabe destacar la promoción de un enfoque comunitario basado en las experiencias innovadoras desarrolladas en los ámbitos de la formación y la rehabilitación profesional y en los de la integración económica y social y la promoción de la autonomía de los minusválidos; el desarrollo de actividades de intercambio e información y la contribución a la aplicación de la Recomendación del Consejo sobre el empleo de los minusválidos de 1986.

Finalizado el programa HELIOS, el Consejo aprobó, mediante Decisión de 25 de febrero de 1993, el tercer programa de acción comunitaria para las personas minusválidas (HELIOS II), para el cuatrienio 1993/1996, que continuó, intensificándolas, las acciones emprendidas en el marco del programa HELIOS. Su dotación duplicó la del segundo programa de acción, alcanzando la cifra de 37 millones de ecus. Sus objetivos, en los ámbitos de la readaptación funcional, la integración en la educación y la formación profesional, la integración económica y social y la mejora de la autonomía, fueron también más amplios, incorporando aspectos como la potenciación de la intervención de los interlocutores sociales y, en especial, de las Organizaciones No Gubernamentales, a través del Foro Europeo de la Discapacidad, que ha institucionalizado un marco permanente de participación de las personas con discapacidad y de sus familias, a través de las organizaciones que los agrupan.

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