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Tema 1E – La evolución de la educación especial en Europa en las últimas décadas: de la institucionalización y del modelo clínico a la normalización de servicios y al modelo pedagógico.

1.1 LA ESCUELA COMPENSADORA

1.2 LA ESCUELA COMPRENSIVA E INTEGRADOR

2- EL CONCEPTO DE INTEGRACION EDUCATIVA

2.1 LA INTEGRACION EN EL PANORAMA INTERNACIONAL

2.2 LA INTEGRACION EN ESPAÑA: BASES LEGALES

3-CONCLUSION

4-BIBLIOGRAFIA

JUSTIFICACION DEL TEMA

He elegido este tema porque es necesario en esta labor educativa, elaborar un desarrollo de la educación especial, elaborar un desarrollo de la educación especial, en España y parte de Europa. Hablar de la evolución de la educación especial es hablar de normalización, integración y sectorización.

INTRODUCCION

Desde que surgiera la EE en nuestro país (año 1985) con el Real Decreto de la EE siempre se ha hablado de una escuela segregacionista. Es a partir de este año y con la Ley de Ordenación del Sistema Educativo, LOGSE, promulgada el 1 de octubre de 1990, es cuando se desarrolla un nuevo enfoque, un modelo integrador de atención a la diversidad manifestando las siguientes características:

– la diversidad como elemento importante dentro de la educación.

– El cambio que se produce del concepto alumno con deficiencia al concepto alumno con NEE.

– El traslado del centro de la evaluación psicopedagógica de los alumnos, analizado como alumno-problema, al análisis de los contextos socio-familiar y escolar, como factores determinantes de las NEE que puede presentar el alumno.

1- LA EVOLUCION DE LA EDUCACION ESPECIAL

La evolución de la educación especial en Europa como en España ha sufrido una evolución considerable en cuanto a aspectos sociales y educativos.

En su evolución se reconocen cuatro periodos:

antigüedad clásica y edad media: en esta época todos los niños que tuviesen malformaciones ya fuesen de tipo físico o psíquico estaban relacionados con temas demoníacos. es aquí donde aparece el infanticidio, y se estableció una ley llamada Ley de Licurgo donde se arrojaban a los pequeños por un monte con el mismo nombre. Uno de los personajes mas destacados de la época era Aristóteles, el cual consideraba que los sordos no podían ni hablar ni educarse.

Renacimiento y S XVIII: en esta época se dio un cambio muy importante, aparecen las primeras experiencias con discapacitados, (auditivos y visuales) Pedro Ponce de León educo a doce sordos. Fraile Lèpee creo la primera escuela para sordos en Paris, Valentín hauy creo el primer centro para ciegos uno de sus alumnos Louis Braille creo el sistema de lectoescritura que tenemos en la actualidad.

Siglo XIX mediado del siglo XX: en esta época se decía que la deficiencia mental era signo de locura, pero los autores Itart, seguin y Esquirol comienzan a diferenciar, concretamente Esquirol fue uno de los que diferencio entre retraso y enfermedad mental. En este siglo es donde se dan las escuelas segregadoras, por lo general recluían a los alumnos en instituciones especiales y el objetivo principal era tenerlos en custodia y cubrir sus necesidades básicas, pero no atendían al problema especifico. Estas estaban basadas en el modelo clínico.

Siglo XX: en este siglo se cuestiona la escuela segregadora, para llegar a una escuela compensadora. En 1914 se funda el comité de investigación para estudiar la educación dada a los niños con deficiencia en Inglaterra, Escocia y Gales. En el se creo un informe llamado WARNOCK referido a sujetos con nee. En España se reflejo en la LISMI ( 1982)

1.1 LA ESCUELA COMPENSADORA

la escuela compensadora surge en la segunda mitad del siglo XX esta deficiente que alumnos que reciben educación especial segregada puedan estar en centros ordinarios y compartan su educación con aulas de educación especial, creando para ellos programas de actividades así como programas de desarrollo individual ( PDI)

El PDI consiste en un programa desarrollado en aulas especificas pero que el alumno pueda compartir con sus compañeros recreos y alguna que otra actividad del aula.

Este modelo ha sido sustituido actualmente por las adaptaciones curriculares, ya que la diferencia es que las ACIs parten de un currículo del grupo clase y se hacen adaptaciones con el fin de que el alumno alcance los objetivos generales.

No se sigue un currículo especial sino que se adapta el currículo de aula.

Por otro lado tenemos otras técnicas de individualización de la enseñanza para adaptar mejor la diversidad:

– trabajo por fichas de Dottrens consiste en un banco de fichas para individualizar el aprendizaje respetando el ritmo de aprendizaje.

– Enseñanza programada: aprendizaje para controlar el rendimiento escolar

– Paquetes instructivos modulares PIMA: los paquetes instructivos modulares de aprendizaje, son un sistema de trabajo individualizado basado en los proyectos de KILPATRICK ( diseñar paquetes instructivos, en los que primero se identifica el tema, explican contenidos, se desarrollan actividades y evaluación)

En el siglo XX en la década de los 60 -70 aparece un nuevo concepto de educación de alumnos con nee y con ello se pasa a un modelo de escuela comprensiva e integradora, en el siguiente apartado profundizaremos mas sobre esta historia.

1.2 LA ESCUELA COMPRENSIVA

En la década de los 60 se produjo un rechazo de escuelas de educación especial segregadas, la separación en ramas que se hacia en los países europeos a la edad de 10 u 11 años discriminaba a los alumnos de clase social baja, por ello se produce una reacción que da lugar a un movimiento, la escuela comprensiva.

MAYOR señala un conjunto de factores que contribuyen al cambio del concepto de educación especial:

– padres que reivindican los derechos de sus hijos

– una sociedad que cambia

– avances en la biología, psicología y medicina

– se declaran los derechos generales y especiales del deficiente

El MEC define la escuela comprensiva como “una forma de enseñanza que se ofrece a todos los escolares, una misma escuela y un mismo aula para evitar la separación de alumnos en vías de formación”

El DCB dice de la escuela comprensiva “reivindicar una escuela comprensiva no es uniformidad, es educar a los alumnos en el respeto a los maestros, y a los alumnos, tener en cuenta sus características, motivaciones y aprendizaje ya que son muy distintos debido al factores socio familiares”

Todo lo dicho anteriormente dio lugar a una estrategia denominada: NORMALIZACION

El concepto de normalización, se dio en escandinava por BANK MIKKELSEN Y NIRJE que fueron los primeros que realizaron trabajos sobre ella.

BANK MIKKELSEN era director de los servicios para deficientes mentales en Dinamarca, para este autor el concepto de normalización es “la posibilidad que el deficiente desarrolle un tipo de vida lo mas normalizada posible” SAN DEL RIO 1995

En la década de los 70 concretamente en 1978, cuando se realiza el comité de investigación de la deficiencia de los niños de escocia, Gales e Inglaterra se proclaman el informe WARNOCK en Inglaterra, diciendo así:

– todos los niños son educables y tienen derecho a una educación

– la finalidad de la educación es para todos igual

– no existen grupos

– se formara a todo el profesorado

– la educación de niños con necesidades especiales será a partir de los cinco años hasta los dieciséis.

– Se desarrollara la integración social y laboral para todo el alumnado

Esta nueva escuela comprensiva y diversificada implica:

A) CONCEPTO DE EDUCACION: hay que potenciar las habilidades de los alumnos así como las destrezas y características.

B) EL MODELO CURRICULAR: se entiende como una herramienta para el maestro para poder crear un currículo abierto y flexible.

C) EVALUACION PSICOPEDAGOGICA: este nuevo modelo se basa en evaluar todos los aspectos del alumno, ya sea educativo, socio familiar etc.

0- EL CONCEPTO DE INTEGRACION EDUCATIVA

La integración educativa es un proceso dirigido a todos los alumnos no solo a los alumnos deficientes. La integración tiene un carácter temporal, instructivo y social es decir no se encuentra restringida al ámbito escolar, esta implica una serie de servicios concretados en una gran variedad de alternativas instructivas, la integración tiene como objetivo el respeto a todas las individualidades.

A lo largo de la historia de la educación la integración ha estado presente, con la constitución de 1978 cuando se promulgo que todos los españoles tenían derecho a una educación, hablado del uso de la normalización, en relación a las personas discapacitadas Art. 27.

Los resultados de la psicología del aprendizaje, sostienen la importancia de la integración social.

Por todo esto, nos acercamos a una escuela integradora en la que los alumnos comparten espacios físicos, sociales y curriculares.

En el apartado siguiente observamos los niveles de integración que existentes en la escuela

2.1 NIVELES DE INTEGRACION

La integración de un alumno con NEE surge del análisis de dos variables:

– las nee del alumno: según las nee que tenga el alumno podrá ser escolarizado en una modalidad o en otra,

– Las características del centro: en función de los recursos materiales y personales que tenga el alumno.

Los niveles de integración son los siguientes:

aula ordinaria con apoyo interno: el alumno permanece en el aula ordinaria pero con apoyo dentro de ella del maestro de pt y al.

Aula ordinaria con apoyo externo: el alumno permanece en el aula ordinaria pero saliendo en ocasiones para recibir apoyo pedagógico.

Aula ordinaria con apoyo especializado: el alumno permanece en el aula ordinaria pero saliendo para recibir apoyo a sus necesidades educativas especiales que pueden ser logopedia, braille, fisioterapia

Aula ordinaria con apoyo en aula especial: el alumno permanece en el aula ordinaria pero acude al aula de educación especial para recibir apoyo al currículo especial.

Aula especial con tiempo parcial en aula ordinaria: el alumno pasa la mayor parte del tiempo en el aula especial y solo participa de algunas actividades del aula ordinaria.

Aula especial a tiempo completo: el alumno esta en su aula especial con el currículo especial y solo comparte actividades extraescolares con los demás alumnos.

Centro específico y centro ordinario: lo que llamaríamos escolarización combinada, el alumno pasa una parte en el centro específico y otra en el ordinario. Las ultimas investigaciones dicen que los alumnos con TGD trastornos graves del desarrollo dan buenos resultados ya que les permite seguir un currículo especializado y beneficiarse de la integración social en el aula ordinaria.

Cualquier centro educativo debe contar con unas condiciones que faciliten el desarrollo de la integración educativa. GARCIA VIDAL 1993

EN EL PROYECTO DE CENTRO

– contemplar las nee de todos los alumnos en la programación didáctica

– organización escolar en cuanto a tiempos, grupos y espacios

– recursos materiales y personales

EN EL PROFESORADO DEL CENTRO

– trabajar en equipo

– apoyar a la integración

– formación del profesorado

EN LOS RECURSOS DEL CENTRO

– detección de nee

– elaborar ACIs

– recursos materiales y personales

2.2 LA INTEGRACION EN EL PANORAMA INTERNACIONAL

Existen tres tipos básicos de estilos de integración Nórdico, americano e italiano.

– NORDICO: educación segregada

– ITALIANO Y AMERICANO: total integración que ningún alumno sea excluido del sistema de escuela ordinaria.

Desde hace años la comunidad europea ha estado a favor de las personas con discapacidad mediante programas orientados a facilitar la integración. Por ello se realizo el primer programa de acción de los minusvalidos en los años 70, en 1987 con la aprobación de este se produce la aprobación del primer programa comunitario relativo a la integración de los niños minusvalidos en las escuelas ordinarias. Al año siguiente se aprueba el segundo programa comunitario de acción, conocido como el programa HELIOS.

En España se da la escuela inclusiva que se basa en defender y conseguir una escuela para todos, ya que los alumnos con necesidades educativas son todos y cada uno de los que conforman la escuela.

El movimiento de inclusión tiene tres pilares básicos

– principios de la integración

– estrategias educativas

– filosofía política

Los principios de esta escuela son los enunciados por STAINBACK Y STAINBACK (1990):

– establecer una filosofía escolar basada en la igualdad y la democracia

– establecer el principio de sectorización, aceptando en las escuelas a todos los alumnos de la comunidad independientemente de sus dificultades o características personales.

– Integrar al alumnado, con recursos tanto personales como materiales para poder adaptar el currículo y dar apoyo al alumnado que lo necesite.

– Adaptar al currículo cuando sea necesario según las necesidades del alumnado

– Revisar el currículo, que sea flexible.

2.3 LA INTEGRACION EN ESPAÑA; BASES LEGALES

La educación de los alumnos con nee empieza a plantearse por primera vez en el sistema educativo español con la promulgación de la Ley General de educación de 1970 que supuso la puesta en marcha en nuestro país de la institucionalización de la educación especial.

LEY GENERAL DE LA EDUCACION 1970 LGE.

La LGE configura la educación especial como un sistema paralelo al ordinario, que respondía básicamente al modelo de educación especial segregada y se definía en función del tipo de alumnos que debían acudir a estos centros ( deficientes e inadaptados) definió, en el Art. 49 que el objetivo de la educación especial era: preparar mediante tratamiento educativo a todos los deficientes e inadaptados para una incorporación a la vida social, tan plena como sea posible en cada caso y un sistema de trabajo que les permita servirse de si misma y sentirse útiles a la sociedad.

Al tiempo que añadía a los centros especializados una nueva forma de escolarización de los deficientes en unidades de educación especial en centros ordinarios, como queda reflejado en su Art. 51.

Pero la idea de integración no aparece en las leyes Españolas hasta la promulgación de la CONSTITUCION DE 1978. En ella se establece el derecho a la educación y a la integración de los deficientes, así aparece en el Art. 49 “los poderes públicos prestaran atención especializada a todos los ciudadanos y disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos mediante una política de prevención de tratamiento y rehabilitación e integración”.

El primer antecedente de la integración de niños con discapacidad en el sistema ordinario aparece en el Plan Nacional de educación especial (1978) en el cual se establecen los principios y criterios para la futura ordenación de la educación especial en nuestro país.

Estos principios básicos son:

– principios de normalización de servicios ( donde educar)

– principios de sectorización de servicios ( prestación de servicios al alumno, en el entorno en que vive)

– principio de individualización de la enseñanza ( que enseñar)

Estos principios no alcanzaran el rango de norma hasta cuatro años mas tarde con la promulgación de la Ley de Integración del Minusválido (1982)

LA LEY DE INTEGRACION SOCIAL DEL MINUSVALIDO, en el ámbito educativo respaldo con fuerza los principios que el plan nacional para la educación especial, había simplemente enunciado (normalización, sectorización e individualización) comprometiendo de este modo a las administraciones educativas a desarrollar una política de integración de las personas discapacitadas en el sistema ordinario de la educación general de acuerdo a tales principios.

Así los diferentes principios quedan plasmados de la siguiente forma:

de normalización: “el minusválido se integrara en el sistema educativo ordinario de educación general, recibiendo en su caso, los programas de apoyo y recursos que la presente ley le reconoce” Art. 23.1

“solo en las cosas en que la gravedad de las minusvalías lo hagan imprescindible, la educación se llevara a cabo en centros específicos” Art. 27

de sectorización: este principio que implica el uso y participación de los deficientes en los servicios de su entorno se establece claramente en el Art. 26.1 cuando expresa; la educación especial, comprende los diferentes niveles y grados del sistema de enseñanzas , particularmente los considerados obligatorias y gratuitas”

de individualización: aparece en los Art. citados anteriormente cuando se afirma que recibirán los programas de apoyo y recursos que esta ley reconoce. En lo que respecta a los centros específicos de educación especial, hay que decir que la ley lo considera como algo excepcional Art. 23.2

En definitiva podemos afirmar que la LISMI supuso un importante avance legal, consolidándose tras su promulgación en un nuevo modelo de educación especial.

REAL DECRETO DE ORDENACION DE LA EDUCACION ESPECIAL (334/1985) DEL 6 DE MARZO

Establece las líneas fundamentales del tratamiento educativo en los sujetos que presentan deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales.

Asimismo, introduce un nuevo concepto de educación especial si en anteriores textos legales se definía como la educación que reciben algunas personas en razón de su propia discapacidad, con unos objetivos, duración, estructura y currículo diferentes, de los establecidos para todos los alumnos, el Real Decreto 334/ 1985 lo define como una parte integrante del sistema educativo y la concreta como el conjunto de apoyos y adaptaciones para que estos alumnos quedan hace realmente efectivo su derecho a la educación.

En este nuevo enfoque ya no se trata de diagnosticar las “deficiencias” sino de analizar cuales son las ayudas pedagógicas que necesitan.

No se trata de preparar a un profesorado especializado, sino prever los medios y apoyos necesarios para que todo el profesorado pueda acometer la tarea de adaptación.

Entre las directrices y medidas concretas de ordenación establecidas en el REAL DECRETO 334/1985 cabe destacar:

– la educación debe llevarse a cabo, siempre que sea posible en centros ordinarios con los apoyos necesarios

– dotar a los centros de apoyos y ayudas técnicas. Ha tenido, además, otras repercusiones importantes:

– organizar y potenciar la colaboración entre los centros ordinarios y los de educación especial

– estructuración y ordenación de formación profesional especial en sus distintas modalidades.

– Medidas para garantizar la educación universitaria para alumnos con capacidad para ello.

A raíz d este REAL DECRETO 334/1985 surge el Programa de Integración escolar para la EGB. Iniciado en el curso académico 1985//1986. Fue concebido como un elemento para mejorar la calidad de la enseñanza.

Este programa en el que participan de forma voluntaria los centros que lo solicitaran, se desarrollo con carácter experimental a lo largo de los tres cursos.

Esta participación se sustentaba en la adopción de unos compromisos, tanto por parte de la administración como del centro solicitante:

– entre los del centro: aceptar el proyecto e integrar a los alumnos con nee.

– Entre los de la administración: reducir la ratio en 20/25 alumnos, formar al profesorado, eliminar barreras arquitectónicas.

Transcurriendo estos tres años el programa entro en una fase de consolidación y extensión con las previsiones contempladas en el citado, REAL DECRETO 334/1985.

La LOGSE, LEY DE ORDENACION GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO 1/1990 DEL 1 DE OCTUBRE. Respecto a la educación especial, ratifica en líneas generales lo establecido en el REAL DECRETO 334/1985 pero con algo importante sustituye el termino de educación especial, cargado de múltiples connotaciones peyorativas, por el de NEE, termino mas general y abierto y, por tanto propicio para hacer realidad los principios de normalización e integración escolar.

Así, partiendo de la concepción de que todo el alumnado precisa a lo largo de su escolaridad de diversas ayudas pedagógicas para asegurar la educación, se consideran de ayudas menos usuales, ya sea temporal o permanente.

Esta ley supone una serie de avances con respecto a la atención de la diversidad; Art. 36.4 y 37.4

– la educación especial desaparece como modalidad educativa distinta de la ordinaria y establece como objetivos de la educación para los alumnos con NEE los mismos que para el resto del alumnado Art. 36.1

– se establece la evaluación psicopedagógica por equipos multiprofesionales que incluyen la valoración e identificación de las necesidades del sujeto. ( 36.2)

– se asumen como pilares básicos de la educación de los alumnos con NEE los principios de normalización e integración escolar. (36.3)

– se plantea como mas adecuada para los alumnos con NEE la evaluación formativa y procesual (36.4)

– se dispone como normativos el apoyo escolar y la dotación de recursos educativos, tanto humanos como materiales ( 37.1)

– se establece la estimulación precoz. Atención temprana ( 37.2)

– se limita la escolarización en centros específicos y se establece su coordinación con centros ordinarios (37.3)

– se incorpora la participación de los padres en la educación de los alumnos con NEE, regulándola y favoreciéndola. ( 37.4)

Algunas de las disposiciones legales que se desarrollaran a raíz de la LOGSE son:

REAL DECRETO 696/1995 DE 28 DE ABRIL de ordenación de la educación de los alumnos con NEE. En este se reconoce:

– las necesidades pueden deberse a la historia educativa y escolar, a condiciones personales de sobre dotación o discapacidad sensorial, motora o psíquica.

– La escolarización de los niños con NEE deberá comenzar tan pronto como se adviertan circunstancias que aconsejen tal atención o se detecta riesgo de aparición de discapacidad.

– Siguiendo el principio de normalización, se promoverá experiencias de escolarización combinada cuando estas experiencias se consideran adecuadas para satisfacer las NEE de los alumnos que participen en ellos.

ORDEN MINISTERIAL DEL 14 DE FEBRERO DE 1996, Orden que regula el procedimiento para la realización de la evaluación psicopedagógica y del dictamen de escolarización y enuncia los criterios de escolarización de los alumnos con NEE.

En Andalucía se da la LEY DE SOLIDARIDAD EN LA EDUCACION, promulgada el 18 de noviembre de 1999 en su Art. 8 estableciendo lo siguiente:

– Art. 8.1: el alumnado con discapacidades psíquicas, físicas y sensoriales se escolarizara preferentemente en los centros educativos ordinarios ubicados en el entorno del alumno de acuerdo con la planificación educativa y garantizando el mayor grado de integración posible y de consecución de los objetivos establecidos con carácter general para los diversos niveles, etapas y ciclos del sistema educativo.

– Art. 8.2: la escolarización en centros ordinarios se llevara a cabo en régimen de integración en aulas ordinarias o en aulas específicas de educación especial, en función del grado y tipo de discapacidad.

La LOCE, LEY ORGANICA DE CALIDAD DE LA EDUCACION DEL 10/2002 DEL 23 DE DICIEMBRE señala que:

– El sistema educativo dispondrá de los recursos necesarios para que los alumnos con NEE, temporales o permanentes, puedan alcanzar los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos.( Art. 44)

– La identificación y valoración se realizara por equipos integrados por profesionales de distintas calificaciones. (Art. 45)

– La atención del alumnado se regirá por los principios de normalización y de integración escolar.

– La escolarización de los alumnos con nee comenzaran y finalizaran con las edades establecidas con carácter general para el nivel y etapa correspondiente. El límite de edad para estar en un centro especial será hasta los 21. ( Art. 46)

– Las administraciones dotaran a los centros sostenidos con fondos públicos con fondos públicos del personal especializado y de recursos necesarios. ( Art. 47)

– Las administraciones publicas promoverán ofertas formativas adaptadas a las nee con la finalidad de que los alumnos puedan conseguir los objetivos previstos en la enseñanza.( Art. 48)

3-CONCLUSION

A lo largo del tema hemos repasado los diferentes tipos de escuelas que ha tenido la educación en el marco español. Así como el desarrollo de las leyes y decretos de la educación básica española y de la comunidad autónoma Andaluza que es la que nos concierne. Hemos observado como la educación especial entra dentro del sistema educativo y crea una revolución en cuanto a la normalización e integración de todos y cada uno de los alumnos, porque debemos entender que todos los alumnos son educables y todos tienen necesidades educativas no solo los alumnos con deficiencia. Por que como decía García Pastor “la escuela integradora es una escuela que integra necesidades no niños”.

4-BIBLIOGRAFIA

LOU ROYO Mª A Y LOPEZ URQUIZAR. N. Bases Psicopedagógicas de la Educación Especial. Editorial pirámide. 1998

GARCIA PASTOR, C: una escuela común para niños diferentes. La integración escolar. Barcelona 1995.

STAINBACK Y STAINBACK, W: aulas inclusivas. Narcea. Madrid. 1999

GALLARDO, J Y GALLEGO. J. Manual de logopedia escolar. Ediciones aljibe. (2003)

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